a qué edad puedes retirarte y cuánto cobrarás al mes
La edad de jubilación sigue siendo una de las grandes dudas para miles de trabajadores en España. El sistema público de pensiones está inmerso desde hace años en un calendario progresivo que retrasa la edad ordinaria de retiro para quienes no alcanzan determinados periodos de cotización. Por eso, no basta con cumplir 65 años para dejar de trabajar con la pensión completa: también hay que mirar cuántos años se han cotizado a la Seguridad Social y qué porcentaje de la base reguladora corresponde en cada caso.
[–>[–>[–>Esta diferencia es especialmente importante para quienes han tenido carreras laborales intermitentes, periodos de desempleo, trabajos a tiempo parcial o entradas tardías en el mercado laboral. La pensión de jubilación no depende únicamente de la edad, sino de una combinación de factores: los años cotizados, las bases de cotización, la edad de acceso, el tipo de jubilación y, en algunos casos, los complementos que puedan corresponder. Por eso, dos personas que se jubilan el mismo año pueden cobrar cantidades muy distintas aunque tengan edades parecidas.
[–> [–>[–>Jubilación
[–>[–>[–>
Desde este año, el trabajador que quiera jubilarse con la edad ordinaria deberá fijarse en un umbral concreto: 38 años y 3 meses cotizados. Quien alcance o supere esa cifra podrá retirarse a los 65 años. En cambio, quien no llegue a ese periodo de cotización tendrá que esperar hasta los 66 años y 10 meses para acceder a la jubilación ordinaria. Esto supone dos meses más que en 2025, año en el que la edad ordinaria para quienes no alcanzaban el umbral exigido era de 66 años y 8 meses. En 2027 culminará el calendario gradual y la edad general llegará a los 67 años para quienes no acrediten la cotización suficiente.
[–>[–>[–>
30 años cotizados
[–>[–>[–>
La pregunta clave es qué ocurre con una persona que solo ha cotizado 30 años. En ese caso, sí puede tener derecho a una pensión contributiva, porque el mínimo exigido para acceder a ella es de 15 años cotizados, siempre que al menos dos estén comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de causar el derecho. Sin embargo, esos 30 años no permiten jubilarse a los 65 años en 2026 ni cobrar el 100% de la base reguladora. Al no llegar a los 38 años y 3 meses exigidos, la edad ordinaria de retiro será de 66 años y 10 meses. Además, la cuantía mensual se calculará aplicando un porcentaje inferior al total.
[–>[–>[–>Base reguladora
[–>[–>[–>
Con 30 años cotizados, el porcentaje aplicable sobre la base reguladora es del 85,18%. Esto significa que el trabajador no cobrará el 100% de lo que le correspondería si hubiera alcanzado el periodo necesario para la pensión completa. La escala parte del 50% de la base reguladora al cumplir 15 años de cotización. A partir de ahí, se van sumando porcentajes por cada mes adicional cotizado: en el periodo vigente para 2024, 2025 y 2026, se añade un 0,21% por cada uno de los primeros 49 meses adicionales y un 0,19% por cada uno de los meses restantes. De esa operación sale el 85,18% para una carrera laboral de 30 años.
[–>[–>[–>[–>[–>[–>
¿Cuánto se cobra?
[–>[–>[–>
La cantidad concreta que se cobrará al mes dependerá de la base reguladora, no de una cifra fija igual para todos. Por ejemplo, si una persona con 30 años cotizados tiene una base reguladora de 1.400 euros, su pensión teórica sería el 85,18% de esa cantidad, es decir, unos 1.192,52 euros brutos al mes. Si la base reguladora fuera de 1.800 euros, la pensión resultante ascendería a unos 1.533,24 euros brutos mensuales. Y si la base reguladora fuera de 2.200 euros, la cuantía se situaría en torno a 1.874 euros brutos al mes. Estas cifras son orientativas, porque el resultado final puede variar por topes máximos y mínimos, retenciones de IRPF, complementos a mínimos o circunstancias personales.
[–>[–>
[–> [–>[–>[–>También conviene recordar que no todos los años cotizados se computan de la misma manera en situaciones especiales. La Seguridad Social tiene en cuenta las cotizaciones realizadas en el Régimen General, en regímenes especiales, en determinados sistemas integrados, en Clases Pasivas cuando proceda y en otros periodos asimilados según la normativa aplicable. Además, existen complementos como el destinado a reducir la brecha de género, que puede reconocerse a uno de los progenitores cuando se cumplan los requisitos, y reglas transitorias para quienes percibían el antiguo complemento de maternidad. En cualquier caso, para saber la cifra exacta no basta con conocer los años trabajados: es necesario revisar la vida laboral, las bases de cotización y realizar una simulación oficial.
[–>[–>[–>
Suscríbete para seguir leyendo
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí