Ábalos atribuye al juez «animosidad» y «predisposición» por meterle en prisión
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El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha acusado al juez que le investiga en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, de tener «animosidad» y «predisposición» por tomar una decisión «de naturaleza grave» sobre su posible ingreso en prisión, según especifica un recurso de 7 de febrero, al que ha tenido acceso esta redacción.
En concreto, Ábalos se refiere la anunciada decisión del juez de celebrar, tras su declaración como investigado del 20 de febrero, una «comparecencia al efecto de ponderar la adopción de medidas cautelares de naturaleza personal respecto a él«. Esta convocatoria del juez, conocida en el lenguaje jurídico como «vistilla«, está regulada en el artículo 505 del Código Penal. En ella, el instructor deberá decidir, tras conocer la opinión de la Fiscalía y del resto de las partes personadas, sobre la posible adopción de medidas cautelares que pueden limitar la libertad del exministro socialista.
Ex ministro José Luis Ábalos durante una conferencia de prensa / Fernando Sánchez – Europa Press – Archivo
Y esta decisión del magistrado Puente, según dice el letrado de Ábalos, José Aníbal Álvarez, se ha producido «antes de haber sido oído en declaración, o de la documentación que pudiese aportar en dicho acto, en su condición de investigado». Y por eso también acusa al instructor de «pérdida de objetividad e imparcialidad» al tomar esta medida «sin que ninguna de las partes lo haya solicitado».
«Pérdida de imparcialidad»
La defensa de Ábalos hace este duro alegato contra el juez Puente, a quien le atribuye una «pérdida de objetividad e imparcialidad«, pues en el auto de 4 de febrero en el que citaba como investigado ya anunciaba su intención de llevar a cabo la «vistilla». En el recurso el letrado defensor advierte, además, que Ábalos acude «en libertad, como así también compareció voluntariamente ante el instructor y no en una condición de detenido«.
Y como ejemplo de lo que califican como una «causa general» contra el exministro, según la define el letrado José Aníbal Álvarez, estaría la investigación del patrimonio de Ábalos y de su hijo, Víctor Ábalos, que consideran «muy amplia y genérica, por cuanto no determina el periodo de tiempo que abarca«.
El recurso destaca, además, el hecho de que el juez Puente haya reclamado que se investigue el patrimonio del hijo de Ábalos «sin darle la oportunidad de personarse en las actuaciones como testigo» y cuando este «no ha tenido ninguna participación en la realización del hecho delictivo objeto de investigación en la causa».
El ex Ministro de Transporte, José Luis Ábalos, al partir después de declararse acusado del ‘Caso Koldo’, en la Corte Suprema, el 12 de diciembre de 2024, en Madrid (España). / Eduardo Parra – Europa Press
En este sentido, explica la defensa que en lo referente a Víctor Ábalos «de todo lo que se ha instruido hasta la presente fecha, no aparece ningún dato que haya podido tener ningún beneficio económico, únicamente noticias en medios digitales».
Contra la UCO
Pero en el recurso de reforma el letrado de Ábalos también se acusa al juez de «indagar en la vida y obra» de su cliente para ver si existen otros delitos que puedan ser descubiertos, «partiendo del convencimiento» de los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil «sobre la criminalidad del investigado«.
En concreto, el letrado de Ábalos dedica un apartado de su recurso a la designación de la UCO como policía judicial para investigarle. Recuerda, en este sentido, que esta unidad policial «ha sido denunciada hasta la fecha en tres ocasiones por parte de mi defendido«, por la supuesta «vulneración de sus derechos como persona aforada y sobre quien hasta la actualidad no existía mandamiento judicial alguno que permitiera una investigación sobre su persona».
Para el defensor del exministro, la UCO «se viene extralimitando en el ejercicio de sus funciones», al mismo tiempo que sostiene que las mencionadas denuncias han propiciado que esta unidad «actúe con total impunidad e inquina sobre José Luis Ábalos«.
Reitera, asimismo, que no entiende el nombramiento de la Guardia Civil como policía judicial cuando el Cuerpo Nacional de Policía (CNP) dispone de unidades que «no tienen motivo alguno para mantener una actitud de animadversión y prejudicialidad sobre los hoy investigados como sí parece acontecer con la UCO«.
Sobre los 17 testigos
Por otra parte, y en relación a la declaración de 17 testigos, el letrado José Aníbal Álvarez lamenta no conocer las circunstancias que le han llevado al juez Puente a citarles, «toda vez que nada tienen que ver con el objeto de la presente investigación«, dice el escrito que recuerda que la causa se abrió «solo y exclusivamente» en relación al asunto de las mascarillas.
Por eso, y para «evitar situaciones sorpresivas a la hora de poder realizar los interrogatorios a cada uno de los testigos«, el abogado José Aníbal Álvarez reclama al juez que indique en cada caso «el motivo de su citación y si está comprendido dentro de la investigación que se sigue llevando ante el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional» en el conocido como caso Delorme o caso Koldo, en alusión al que fuera asesor de Ábalos en el Ministerio de Transportes.
El Secretario de la Organización PSOE, Santos Cerdán, en el Congreso / Ricardo Rubio – Europa Press
Asimismo, la defensa de Ábalos califica de «llamativo» que la investigación sobre las comunicaciones de los tres investigados en la causa, en concreto del exministro; de su entonces asesor Koldo García; y del comisionista Víctor de Aldama, se extienda «a personas aforadas», como es el caso del ministro «Ángel Víctor Torres» y el diputado y secretario de Organización del PSOE, «Santos Cerdán y otros aforados más que pudieran aparecer; sin darles la oportunidad de defenderse y sin tan siquiera solicitar un suplicatorio».
Encuentros con «señoritas»
También sobre Torres, la defensa del exministro critica la decisión del juez de pedir a Aldama que aporte la relación de los pisos que este aseguró haber abonado para encuentros con «señoritas», «cuando lo razonable sería que se le requiriese para que pusiese a disposición de ese instructor toda la documentación que obre en su poder, no pudiéndose obviar que fue puesto en libertad con motivo de la colaboración con la Administración de Justicia y la aportación de documentación en el plazo más breve».
Archivo – El ex ministro de transporte, José Luis Ábalos, a su llegada para declarar como acusado del ‘Caso Koldo’, en la Corte Suprema, el 12 de diciembre de 2024, en Madrid (España). / Eduardo Parra – Europa Press – Archivo
Finalmente, y sobre la prueba pericial que busca determinar el valor del piso de La Castellana en Madrid que iba a ser alquilado por Ábalos, aunque finalmente no fue ocupado por este, el letrado José Aníbal Álvarez advierte de que se tendrá que tener «en cuenta el estado en el que dicha vivienda se encontraba en el año 2019, pues estaba con andamios«, y que el precio de adquisición del mismo por parte de Aldama «fue de 450.000 euros», circunstancias que hacen que «la tasación sea muy distinta».
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