Aldama evita la prisión tras la decisión del Supremo: «La colaboración sirve»
La Corte Suprema acordó suspender el ingreso a prisión del empresario Víctor de Aldama aunque fue condenado a cuatro años y medio de prisión por su implicación en el asunto Koldo. La Sala de lo Penal considera acreditada una “mitigación analógica de colaboración” altamente cualificada, circunstancia que evita además tener que afrontar la devolución de 3,7 millones de euros como afirma la fiscalía. Como condición para mantener la pena suspendida, el empresario deberá ya no comete delitos, presentar un informe semestral de sus actividades y realizar un año de trabajo en beneficio de la comunidad.
A su salida de la Corte Suprema, Aldama valoró la sentencia y defendió el papel que desempeñó durante la investigación. «La colaboración sirve«declaró.»Espero que otros que siguen colaboren«, agregó a los medios.
Una organización con distribución de funciones.
La sentencia, aprobada por unanimidad, concluye que José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama formaban parte de un grupo organización criminal dedicada a la comisión de delitos de corrupciónmuchos de ellos durante la pandemia.
“Los tres imputados constituyeron una organización en la que cada uno de ellos asumió un rol diverso y complementario, con una precisa distribución de funciones”, especifica la resolución.
Según el tribunal, Ábalos utilizó el influencia derivada de los cargos que ocupó dentro del gobierno y el PSOEmientras que Koldo García actuó como intermedio. Aldama, por su parte, obtuvo contratación pública mediante el pago de sumas en efectivo y otras contraprestaciones. Para los magistrados, todos los actores interesados obtuvieron una ventaja dentro de una estructura que, además, tenía continuidad en el tiempo. “Desde su origen, la organización tuvo la intención de persistir en el tiempo, proyectando sus actividades delictivas en distintos ámbitos”, señala la sentencia.
El Tribunal Supremo considera que la adjudicación de contratos para el suministro de 13 millones de máscaras a empresas vinculadas a la trama, así como otros hechos analizados durante el juicio, incluida la contratación de dos mujeres vinculadas a Ábalos en empresas públicas y el uso de inmuebles a cambio de determinadas acciones.
La colaboración reduce la respuesta criminal
La Sala condena a Aldama por un delito de organización criminal y tres delitos de corrupciónpersiguió a uno de ellos, aunque éste le absuelve del delito de explotación de información privilegiada así como de los delitos de instigación a la prevaricación y falsedad en los que sustentaban las acusaciones populares.
Los magistrados rebajaron la petición inicial de siete años de prisión al considerar que la colaboración del empresario fue “completo y continuo» durante todo el procedimiento. La resolución destaca que no sólo admitió los hechos, sino que también aportó documentación y datos lo que, según el tribunal, contribuyó al descubrimiento y acreditación de nuevos delitos, algunos de los cuales aún están bajo investigación.
«Consideramos que este acusado proporcionó una cooperación plena y continua«, durante todo el procedimiento, mantenida y complementada durante el juicio oral, aportando información veraz y relevante, medios de prueba y datos significativos para la acreditación de los hechos perseguidos», afirman los magistrados.
La sentencia añade que la suspensión de la ejecución de la pena «No se trata en modo alguno de un mecanismo carente de contenido remunerativo.» y recuerda que esta medida está condicionada al cumplimiento de una serie de obligaciones que mantienen la respuesta penal ante los delitos cometidos.
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