BAJA LABORAL | Si llevas un año y medio de baja, esto cambia según la Seguridad Social: dejarás de cotizar y tu contrato se suspende
Cuando un trabajador en España supera los 18 meses (545 días) de baja médica por incapacidad temporal se activa un giro administrativo clave en su relación laboral y de cotización con el sistema de protección social.
[–>[–>[–>La Seguridad Social, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), deja atrás la fase de incapacidad temporal ordinaria y entra en un proceso de evaluación que puede determinar el futuro del empleado afectado.
[–> [–>[–>Desde el punto de vista práctico e inmediato, al llegar a esos 545 días:
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- La empresa deja de cotizar a la Seguridad Social por ese trabajador y este deja de generar nuevas bases de cotización.
- El contrato no se extingue, pero queda en situación de suspensión administrativa hasta que el INSS resuelva su situación.
Este cumplimiento del plazo no significa que el trabajador pierda automáticamente su empleo ni que quede sin protección social, pero sí supone un cambio claro en cómo se gestiona su protección, su prestación y, potencialmente, su futuro profesional.
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Qué evalúa el INSS al superar los 18 meses
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Una vez alcanzado este umbral, la Seguridad Social activa procedimientos de evaluación clínica y administrativa para definir la siguiente fase del proceso de incapacidad.
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[–>Las principales alternativas que puede decidir el INSS son:
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- Alta médica. Si tras revisión médica se considera que el trabajador está capacitado para volver a su actividad habitual, se le da el alta médica, con lo que se recupera la obligación empresarial de cotizar y el trabajador debe reincorporarse.
- Incapacidad permanente. Si la situación de salud impide regresar a la actividad (total, absoluta o gran invalidez), el INSS puede iniciar un procedimiento para reconocer una incapacidad permanente. Esto conlleva otro tipo de protección y prestación económica.
- Prórroga (demora de calificación). En determinados casos, se puede conceder una prórroga excepcional de hasta 180 días más (máximo 24 meses) para esperar una posible evolución clínica favorable antes de dictar resolución definitiva
Durante todo este proceso, el trabajador sigue cobrando la prestación correspondiente, que habitualmente equivale al 75% de la base reguladora, y esta la sigue abonando la Seguridad Social o la mutua que venía haciéndolo antes del día 545.
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Impacto en cotizaciones y pensión
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El hecho de que se deje de cotizar tras 18 meses no elimina la protección social del trabajador, pero sí afecta a la computación de cotizaciones para prestaciones futuras, incluido el cálculo de la jubilación o prestaciones contributivas derivadas de las bases acumuladas.
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Es importante destacar que la suspensión del contrato y el cese de cotizaciones no suponen un despido automático; son efectos derivados de la regulación de la incapacidad temporal en la Ley General de la Seguridad Social y su gestión administrativa por parte del INSS.
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Consejos prácticos para empleados en esta situación
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Si estás cerca de los 18 meses de baja o los has superado:
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- Mantén actualizados tus datos de contacto con el INSS, ya que las notificaciones administrativas (SMS o cartas) son habituales.
- Consulta con tu gestor o asesor laboral para verificar tu situación contractual y tus derechos.
- Infórmate sobre las alternativas de incapacidad permanente, que pueden ofrecer protección económica estable si no puedes reincorporarte.
- Recuerda que la suspensión del contrato no es un despido, por lo que tus prestaciones y derechos laborales pueden seguir protegidos.
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Este cambio legislativo y su aplicación práctica son relevantes en el contexto de un mercado laboral en el que las bajas médicas de larga duración han aumentado en los últimos años, impulsadas tanto por condiciones de trabajo como por una mayor incidencia de patologías crónicas y de salud mental entre los trabajadores.
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En definitiva, superar los 18 meses de baja médica no es el final del proceso ni de la protección social, pero sí marca un punto de inflexión que exige atención y diligencia por parte del trabajador y su entorno profesional y laboral.
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