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Cómo saber si puedes cobrar el cheque de 1.000 euros por hijo que ofrece la Seguridad Social

Cómo saber si puedes cobrar el cheque de 1.000 euros por hijo que ofrece la Seguridad Social
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  • Publishedenero 8, 2026


Aunque coloquialmente hablamos de un “cheque de 1.000 euros” Es importante empezar diciendo que se trata de una prestación específica que se suma a otras ayudas socioeconómicas similares que ofrece la Seguridad Social. Es decir, no existe acusación directa simplemente por haber tenido o adoptado un hijo o una hija después del 16 de noviembre de 2007.

Esta ayuda está sujeta a una serie de condicionantes familiares y económicos que no afectan a todos por igual, por lo que es muy importante comprobar tu situación concreta. Es decir, no se trata ni mucho menos de una ayuda universal, sino que pretende aliviar la situación de gastos vinculados a la educación de las familias en situación de vulnerabilidad.

Por otro lado, es importante tener en cuenta que la Seguridad Social no concede ayudas automáticamente, sino que cada familia, una vez examinadas las necesidades, las solicita de forma activa y directa. Por ello, te contamos a continuación cuáles son los requisitos específicos y cómo solicitarlos para que, si cumples las condiciones y los deseas, puedas completar el trámite lo antes posible.

Condiciones para solicitar el cheque

En primer lugar, para solicitar la ayuda es necesario cumplir determinadas condiciones familiares:

  • Su hijo o hija debe haber nacido o adoptado a partir del 16 de noviembre de 2007.
  • El nacimiento debió haber tenido lugar en España. En caso de adopción, deberá ser reconocida administrativamente en el territorio nacional.
  • Por otro lado, la unidad familiar deberá cumplir alguna de las siguientes condiciones: familia numerosa (o que lo sea con este nacimiento/adopción), monoparental o cuya madre o padre tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.

En segundo lugar, hay criterios económicos que también deben respetarse. Estos criterios no sustituyen a los anteriores, sino que los complementan.

  • Los ingresos anuales de la unidad familiar no pueden superar los techos anuales que marca la Seguridad Social, por lo que es importante consultarlos específicamente para saber si los respetas.
  • Sin embargo, también existe un umbral de tolerancia que permite a las familias que superen el límite de 1.000 euros acceder a una prestación reducida.
  • Dentro de la unidad familiar, no pueden beneficiarse de asistencia social similar de mutualidades u organismos públicos.

Si se cumplen las condiciones familiares y económicas establecidas, uno de los padres será quien podrá convertirse en beneficiario y solicitar la ayuda.

Cómo solicitar el cheque 1.000 al nacer

Una vez examinados los requisitos, el solicitante del servicio deberá realizar los trámites presentando los siguientes documentos:

  • Documento de identidad de los padres.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción del niño.
  • Comprobante de ingresos del hogar.
  • Título de familia numerosa o certificado de invalidez, en su caso.

Puedes acudir personalmente a un centro de servicios de la Seguridad Social o realizar los trámites a través del mostrador electrónico. Ten en cuenta que, para realizar el trámite digital, debes disponer de ciertos tipos de identificación que te permitan realizar trámites digitales en los sistemas de la administración pública, como el certificado digital o la Cl@ve permanente.

Finalmente, si consideras que cumples las condiciones, deberás completar el trámite lo más rápido posible: según la normativa, es posible gestionar el servicio desde el día siguiente del nacimiento o adopción y en un plazo de cinco años después de esta fecha.

Siempre que se apruebe la solicitud, el Seguro Social envía una notificación al beneficiario en un plazo aproximado de 10 días y el pago generalmente se realiza a partir de la sexta semana después del nacimiento o adopción.

Según la normativa, se puede solicitar desde el día siguiente del nacimiento o adopción, y hasta cinco años después. Transcurrido este plazo, se pierde el derecho.

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