CONDENA ÁLVARO GARCÍA ORTIZ | Joaquín Giménez, magistrado emérito del Tribunal Supremo: «Con la condena al fiscal general, lo que ha triunfado es el bulo»
Pregunta: ¿Podría resumir en una frase la sentencia que ha condenado al ex fiscal general del Estado?
[–>[–>[–>Respuesta: Es el ejemplo de cómo de una duda se puede sacar una certeza, lo que es una locura jurídica, un contrasentido. En este caso no ha habido un juicio con datos concretos, empíricos y demostrables para dictar la resolución.
[–> [–>[–>P: También se puede condenar con indicios.
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R: Por supuesto, pero tienen que ser indicios sólidos que resistan la prueba de cargo. Todo proceso es un decir y un contradecir. Alguien que afirma y alguien que niega. Y todo eso hay que comprobarlo, valorar a los testigos y, en este contrapeso, decir las razones por las que crees a unos y no a otros.
[–>[–>[–>P: En este caso a quien no ha creído el tribunal es a los periodistas que aseguraron que el fiscal general no les facilitó la información relativa a los delitos fiscales del novio de la presidenta de Madrid por la que Álvaro García ha sido condenado.
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R: Esto es especialmente delicado porque se han sacrificado dos derechos constitucionales esenciales: el de los ciudadanos a obtener una información veraz y el secreto profesional de los periodistas. Ambos son la enseña de una sociedad democrática y una sentencia que los cuestione está cuestionando el sistema democrático. Y han quedado destruidos al anteponer frente a ellos unos derechos nimios por unos datos reservados que el propio interesado ya había publicitado de una manera inexacta. Una sociedad democrática se define por una prensa libre. Es esencial.
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[–>«La resolución convierte una duda en una certeza, lo que es una locura jurídica»
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P: ¿Es posible esa prensa libre sin reconocerse el derecho del periodista a preservar la identidad de sus fuentes?
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R: La sentencia viene a decir de pasada que el secreto profesional, aunque está reconocido, no ha tenido un desarrollo. Pero existe y es un derecho constitucional. Por ello hay que establecer un juicio de ponderación. No es lo mismo mantener el secreto profesional en un caso de asesinato o de terrorismo que en un tema menor y, con toda la claridad, el de los datos de la pareja de Ayuso lo es.
[–>[–>[–>P: La sentencia dice literalmente que «el fiscal general no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito». ¿Qué validez jurídica tiene esta afirmación?
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R: Ninguna. Eso es una barbaridad. Entre sacrificar el derecho a una información veraz y el de los periodistas al secreto de sus fuentes, sorprendentemente se ha primado el derecho de una persona concreta a mantener la privacidad de unos datos ya difundidos De una forma tergiversada, pero ya públicos. Y precisamente porque lo hizo de una manera falaz, embustera y mentirosa es por lo que el fiscal se vio obligado a difundir una nota informativa. Es obvio que en esa nota había que dar datos precisos porque en el bulo se daban unos falsos que había que desmentir. No bastaba con decir que eran mentira. A mi entender, la sentencia da luz verde a difundir bulos. Y eso es algo muy grave.
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P: ¿Ha visto alguna resolución como esta en sus casi dos décadas en la sala segunda del Supremo?
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R: Nunca. Es una barbaridad. De entrada se dice que en la nota de prensa que emitió el fiscal general no hay nada delictivo y que otra cosa son los correos. Pero aun así se introduce en la exposición razonada que envía el Tribunal Superior de Madrid y reaparece cuando había quedado fuera del principio acusatorio. Da la impresión de que como el fiscal se hizo responsable de ese comunicado, se retomó como elemento de tipicidad penal para apoyar en ella los correos y poder apuntalar la acusación.
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«El fallo sacrifica dos derechos constitucionales esenciales en un Estado democrático: a una información veraz y al secreto profesional de los periodistas. Y lo hace para proteger unos datos ya revelados»
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P: ¿Quiere decir que la condena estaba decidida de antemano?
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R: Dicho de otro modo, yo tildaría de inquisitorial la instrucción que llevó a cabo el magistrado Ángel Hurtado. La Ley de Enjuiciamiento Criminal dice claramente que el instructor debe acopiar tanto lo que perjudique como lo que beneficie. Y en este caso hay datos que acreditan que se ha ido buscando solo aquello que podía perjudicar al investigado.
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P: ¿Eso no es prevaricar?
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R: Yo no entro a calificarlo pero me remito a una reflexión de Montesquieu, que algo sabía de esto y que decía que la peor de las tiranías es la judicial que se ejerce a la sombra de la ley y al calor de la Justicia.
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P: Pues suena a algo parecido.
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R: De alguna manera creo que este proceso está contaminado por una opción política concreta que se produce en un contexto social donde ha habido una Justicia militante, minoritaria pero muy relevante que, por ejemplo, se ha manifestado de una manera impropia contra un proyecto de ley, el de la amnistía, cuando era competencia del legislativo. Manifestaciones con toga en la puerta de palacios de Justicia son algo intolerable.
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P: Defina ‘Justicia militante’.
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R: La que no es una Justicia realmente independiente.
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«La instrucción fue inquisitorial, se buscó solo lo que perjudicaba al investigado»
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P: ¿Eso no es lo que se llama lawfare?
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R: Si se quiere llamar así… Es la no aplicación serena y objetiva de lo que tiene que ser la Justicia. El juez ha de ser independiente de su propia ideología para ponerla al servicio de los valores constitucionales. Un juez puede votar a quien quiera, pero debe someter su conciencia a la conciencia de la ley. Con esta sentencia la imparcialidad de Supremo ha quedado gravemente cuestionada.
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P: Usted acostumbra a referirse a la sala segunda como «ese oscuro objeto de deseo». Por su experiencia, ¿cuál es el grado de injerencia del poder político y cuál el de permeabilidad a esas presiones de los magistrados que la forman?
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R: Eso depende de cada uno. El juez no necesita un consejo para ser independiente, basta con que quiera serlo. Lo que sí creo es que hay un punto perverso de conexión entre el PSOE y el PP que no tocan: se llama aforamientos. Y la sala segunda es el oscuro objeto de deseo precisamente por este tema, lo que provoca que se tensione enormemente el sistema judicial en la nomenclatura de la cúspide. ¿Recuerda el wasap de aquel senador del PP que decía «controlaremos la sala segunda desde detrás»? Pues eso está en vigor. ¿Por qué no se aborda de una vez eliminar los aforamientos? Bastaría con que los dos partidos mayoritarios se pusieran de acuerdo. Y no lo hacen porque se trata de un blindaje, de un privilegio de los políticos.
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«Hay un punto perverso de conexión entre el PSOE y el PP que no tocan: se llama aforamientos»
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P: ¿Hay quien lo califica de desventaja porque elimina una instancia?
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R: En el Supremo se elimina una instancia, pero a cambio de eso es el Supremo quien juzga. No se puede sorber y soplar al mismo tiempo.
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P: ¿Qué recorrido le da a esta sentencia?
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R: Confío en que el Constitucional la anule más pronto que tarde.
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P: ¿Qué piensa de los cursos pagados a miembros del tribunal por alguna de las acusaciones?
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R: Desde el punto de vista estético es poco presentable.
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P: ¿Y legal?
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R: Me quedo con que no me parece estético, aunque detrás está la ética. Han dado como argumento que eran cursos previstos desde hacía tiempo. Pues que se cambien las fechas o a los ponentes. Lo peor es esa especie de compadreo… «bueno, me tengo que ir porque tengo que poner la sentencia del fiscal general»… ¡Por amor de Dios! Esto no lo he visto nunca. Sé que se ha presentado una querella contra el presidente del tribunal y no sé qué ocurrirá, pero si uno quiere respeto, debe transmitirlo primero. «Entre deliberación y deliberación les he dado esta conferencia»… Esto me parece impropio de la serenidad y la discreción que debe tener un juez. Y no crea que no lo lamento, porque conozco personalmente a todos.
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P: ¿Le han sorprendido?
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R: Sí. Todo me ha sorprendido porque no encuentro precedentes. La verdad es que me duele porque cuesta mucho prestigiar una institución y destruirla es sencillísimo.
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P: ¿Cree que el Supremo ha salido mal parado de este proceso?
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R: Totalmente. En el Supremo hay ochenta magistrados en cinco salas, pero estamos hablando del orden penal, que es el sismógrafo de las garantías del estado de Derecho. Ahí no solo está en juego el patrimonio, sino también la libertad de las personas. Y eso requiere un respeto, una discreción, una serenidad, un distanciamiento, un buscar unanimidades, un tiempo… no una deliberación en tres días.
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P: Parece que todo en este proceso es manifiestamente mejorable.
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R: Todo ha sido muy desafortunado además del mensaje subliminal que se lanza: el miedo ¡Ojo con lo que difunden los periodistas, que pueden verse con problemas! El periodista debe velar por sus fuentes, porque si las publicita, las seca. ¿Cuántas causas importantes se ha abierto en España por investigaciones periodísticas? Bastantes. La labor del periodismo es fundamental. El mensaje que esta sentencia emite sobre la libertad de prensa y el derecho a recibir una información veraz es que si hay un bulo bien montado, tendrás que desmontarlo efectivamente. No con tu palabra, sino dando los datos que acrediten que es mentira lo que el otro ha dicho. Insisto en que en este caso ha quedado peligrosamente claro que lo que ha triunfado es el bulo.
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P: La sentencia ha contado con dos votos particulares firmados por las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo. ¿Comparte sus argumentos?
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R: Totalmente.
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P: ¿Qué importancia tiene este voto más allá de a los efectos de recurso?
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R: En el caso de los ERE hubo un voto particular que luego fue el que se admitió en el Constitucional. Yo tengo algunas experiencias personales. En el asunto del lehendakari Atutxa, el voto particular fue el que prosperó en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y cuando esa sentencia llegó a la sala segunda, a algunos no les quedó otra que mirar al techo. Y en la causa de Henri Parot, el Tribunal Europeo también nos dio la razón a quienes emitimos el voto particular.
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Joaquín Giménez en un rincón de su casa de Alicante. / Rafa Arjones
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P: ¿No sería mejor que en asuntos de especial relevancia se requiriera la unanimidad del tribunal?
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R: No. El voto particular es una institución que existe en pocos países, es una manifestación de la diversidad y en ocasiones adelanta lo que puede ser un cambio de jurisprudencia. Porque a lo mejor lo que ahora es minoritario, puede ser aceptado más adelante por la realidad del cambio social. Un voto particular tiene el mismo recorrido que la sentencia. Y la del fiscal general tiene muchos cabos sueltos.
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P: ¿Es normal, como ocurre en este caso, que el voto particular tenga su propio relato de hechos probados?
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R: Es sorprendente, además de que recoge un montón de datos importantísimos que no figuran en los considerados probados en la sentencia.
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P: Si ante unos mismos hechos, de seis magistrados, cuatro consideran probado un relato y dos otro, ¿con cuál nos quedamos?
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R: Lo curioso de esto es que aquí solo hay blanco o negro, sin grises. Y hay un dato muy importante que aporta el voto particular, un auto de la misma sala de 2014 por el que se rechazó la querella de un mando militar contra el entonces ministro de Defensa porque en un expediente disciplinario había hecho referencia a una serie de datos que el expedientado consideraba privados. El ponente fue el señor Marchena (también miembro del tribunal que ha condenado al fiscal general) y estaba yo. Y no se admitió porque se trataba de hechos ya conocidos. Es un precedente que no sé por qué en este caso no se ha tenido en cuenta.
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P: ¿Qué cree que hubiera pasado si García Ortiz hubiera dimitido en los albores del proceso?
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R: No tengo pruebas pero tampoco la menor duda de que se hubiera archivado el caso.
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P: Lo dice alguien que conoce bien a los miembros del tribunal.
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R: No tengo información privilegiada. Es solo mi opinión particular, pero no creo que solo sea la mía. ¿Eso supone que a lo mejor, y esto es solo una elucubración, lo que se intentaba era presentar la exposición razonada para que dimitiera y entonces se consiguiera lo que se pretendía? No olvidemos que estamos hablando de una causa con cinco acusaciones que engloban a lo más granado de la ultraderecha española y, sorprendentemente, el Colegio de Abogados de Madrid y una asociación de fiscales… no sé. Yo lo dejo ahí y que cada uno saque las conclusiones que quiera.
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P: ¿Qué opinión le merecen los compañeros que han dictado esta sentencia?
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R: Algunos me han decepcionado profundamente. Es lo único que diré. Me duele esta situación porque, repito, malbaratar un prestigio es rápido, pero reconstruirlo cuesta. Ha habido manifestaciones de compañeros hablando de golpe de estado judicial, yo prefiero no emplear esos términos. Me quedo otra vez con Montesquieu. La ley es igual para todos, el problema radica en cómo se aplica.
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«Algunos compañeros de la sala segunda me han decepcionado profundamente»
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P: ¿No cree que los magistrados tendrían que responder de sus actuaciones profesionales?
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R: El delito de prevaricación existe. Ha habido jueces condenados. Los jueces no responden ante Dios o ante la Historia, lo hacen disciplinariamente y si el tema es penal, los ha habido que incluso han entrado en la cárcel. La cuestión es educarlos en que son un poder del Estado y, como tales, no pueden ser felpudos de nadie. Es someter su conciencia a los valores de la ley desde la Constitución.
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P: ¿Había visto alguna vez que se anunciara un fallo condenatorio semanas antes de notificarse los argumentos de la sentencia?
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R: Tratándose de recursos, sí, pero en asuntos de única instancia, como ha sido este, no lo he visto nunca. Máxime cuando entre la publicación del fallo y la fundamentación se producen, como ha ocurrido, esas situaciones tan poco presentables de gracietas , algo sobre lo que el CGPJ debería decir algo.
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