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Despedido un trabajador social en Barcelona que se iba a los bares en horario laboral

Despedido un trabajador social en Barcelona que se iba a los bares en horario laboral
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  • Publishedjunio 26, 2026




Un trabajador de un ayuntamiento de la provincia de Barcelona ha sido despedido después de que el ayuntamiento le sorprendiera faltar al trabajo varias veces mientras estaba en bareso entrar y salir del centro sin justificación alguna, todo ello descubierto gracias a que la institución pública contrató a un detective para vigilar su comportamiento. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado la despido según corresponda.

El empleado en cuestión Era trabajador social del Ayuntamiento de Llagosta desde 2007.. Su jornada laboral semanal era de 35 horas semanales, con un salario mensual bruto de 1.476 euros. Según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (que se puede leer aquí), entre febrero y marzo de 2023, La trabajadora atravesó un proceso de divorcio que, según él, generó una situación complicada. a nivel personal. En marzo del mismo año se elaboró ​​un informe de evaluación de riesgos psicosociales por parte del Ayuntamiento, aunque no quedó demostrado que el divorcio tuviera una relación directa con el comportamiento posterior de la trabajadora.

El Ayuntamiento contrató a un detective para vigilarlo

Fue a finales de marzo de 2023 cuando el Ayuntamiento sospechó que el trabajador no cumplía con su horario laboral. El 31 de marzo se abrió un expediente de información confidencial y Se decidió contratar a un detective privado para realizar el seguimiento.que tuvo lugar entre el 19 de abril y el 4 de mayo.

A través de esta investigación, Se consideraron probados los siguientes hechos: Entre el 19 de abril y el 4 de mayo, el trabajador se ausentó reiteradamente de su puesto de trabajo sin registrar correctamente sus salidas en el sistema de control horario del Ayuntamiento.

Faltó al trabajo para ir a bares.

Específicamente:

  • no fijé mi salida cuando salió del Ayuntamiento.

  • En varios dias fue muy corto dentro del Ayuntamiento (en algunos casos menos de 2 o 4 horas).

  • El 2 de mayo de 2023. Pasé mucho tiempo en bares..

  • Hizo múltiples breves entradas y salidas sin registrarlas.

  • El 28 de abril fichó por «trabajos fuera del centro» aunque no dio credito al trabajo que realmente lo hizo.

El Ayuntamiento dispone de un sistema de control horario obligatorio donde los trabajadores deben firmar al entrar, salir y cada vez que estén ausentes (por cualquier motivo). El trabajador en cuestión no utilizó este sistema en las supuestas ausencias, lo que generó la apariencia de que estaba trabajando cuando en realidad no lo estaba.

El 8 de mayo de 2023 el trabajador inició una incapacidad temporal por enfermedad común que se extendió hasta el 19 de junio del mismo año. El 29 de junio de 2023, El Ayuntamiento inició los trámites para abrirle un expediente disciplinario por dos faltas muy graves tipificados en el Estatuto Básico del Empleado Público, tales como abandono del servicio y notorio incumplimiento de las funciones esenciales de su puesto de trabajo. Por lo que, como medida cautelar, fue suspendido temporalmente de sus funciones.

El trabajador achacó al divorcio sus ausencias

El 7 de junio, El trabajador reconoció las ausencias, aunque atribuyó dichas ausencias a su situación personal derivada del divorcio. Unos meses después presentó alegatos en los que reiteraba esas justificaciones y solicitaba la activación de un protocolo de acoso laboral. El 17 de octubre, la comisión encargada de investigarlo concluyó que no había indicios de acoso laboral. Nuevamente, entre el 10 de octubre de 2023 y el 22 de abril de 2024, el trabajador estuvo de baja por incapacidad temporal.

No fue hasta el 23 de abril de 2024 cuando El Ayuntamiento le notificó el escrito de despido disciplinario con efectos inmediatos. Los hechos que se le atribuyen fueron exclusivamente las ausencias y simulaciones de presencia ocurridas entre el 19 de abril y el 4 de mayo de 2023. Este despido fue declarado procedente tanto por el Juzgado de lo Social nº 1 de Granollers el 6 de marzo de 2025 como por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el 5 de junio de este año.



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