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Despiden a un trabajador tras tener un accidente laboral en la furgoneta del trabajo estando ebrio: reclama 62.000 euros

Despiden a un trabajador tras tener un accidente laboral en la furgoneta del trabajo estando ebrio: reclama 62.000 euros
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  • Publishedmayo 13, 2026




El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 54 los supuestos en los que una empresa puede proceder al despido disciplinario. Entre ellos se incluyen las ausencias reiteradas e injustificadas de asistencia o puntualidad, la indisciplina o desobediencia en el trabajo, las faltas verbales o físicas, violación de la buena fe contractual, así como abuso de confianza en el desempeño del trabajo. También se contemplan la disminución continua y voluntaria del rendimiento, el acoso por origen, religión, sexo o cualquier otra condición personal y el acoso laboral. Estos supuestos deben interpretarse de forma restrictiva y siempre en función de la gravedad de la conducta.

Por otra parte, el artículo 55 regula el procedimiento de despido disciplinario. Esto siempre deberá comunicarse por escrito al trabajador a través de la carta de despido, en la que deberá detallarse los hechos concretos que lo motivan y la fecha de efectividad. Además, en determinados casos, como cuando el trabajador es representante legal de los trabajadores, se requiere la apertura de un expediente contradictorio. La calificación del despido es clave, ya que puede ser procedente, improcedente o nulo. Si se declara procedente, la empresa no tiene obligación de pagar indemnización. Por el contrario, si declarado inadmisible, el trabajador podrá ser reintegrado o recibir una indemnización.

En este contexto legal el caso de un trabajador que fue despedido tras sufrir un accidente con una furgoneta de empresa mientras conducía bajo los efectos del alcohol. El trabajador reclamó una indemnización por aproximadamente 62.000 euros alegando que el accidente se produjo fuera de su horario laboral y que, por tanto, no debería justificar la rescisión de su contrato. El conflicto llegó a los tribunales y enfrentó diferentes interpretaciones sobre la gravedad de los hechos y su relación con la actividad laboral.

Un trabajador sufre un accidente laboral en estado de ebriedad

Los hechos se remontan a octubre de 2024, cuando el trabajador, con más de veinte años de antigüedad en la empresa, ejecutó un encargo concreto un viernes por la tarde. Tras finalizar la faena y durante el viaje de regreso, conducía una furgoneta de la empresa cuando chocó con otro vehículo. La intervención policial determinó que el conductor tenía un nivel de alcohol en el aire espirado de 0,53 miligramos por litro, lo que se traduce en 1,71 gramos por litro en sangre, una cifra muy superior a los límites legales. El análisis fue confirmado posteriormente en el Hospital Jarrio.

La empresa le despide y exige 62.000 euros de indemnización

El 8 de octubre de 2024 la empresa procedió a su despido disciplinario alegando abuso de confianza, incumplimiento de la buena fe contractual y daño grave a un vehículo social. El caso fue llevado inicialmente al Juzgado de lo Social de Avilés, que declaró improcedente el despido y planteó la posibilidad de reintegro o indemnización superior a los 62.000 euros solicitados por el trabajador. Sin embargo, la empresa recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que finalmente revocó la sentencia y declaró procedente el despido, convalidando la actuación de la empresa y anulando cualquier derecho a indemnización.

El Tribunal Superior da la razón a la empresa: procede

El TSJ, finalmente, consideró que, si bien el accidente se produjo fuera del estricto horario laboral, existía una clara vinculación con la actividad profesional por el uso de un vehículo de empresa y la existencia de una relación de confianza entre las partes. El fallo concluyó que conducir bajo los efectos del alcohol implicó una deslealtad grave y una pérdida de confianza suficiente para justificar un despido disciplinario. De esta forma, el trabajador perdió su empleo sin derecho a indemnización, cerrando un proceso que culminó con la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Asturias a favor de la empresa.



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