El Gobierno ‘borra’ 50.000 pisos turísticos del mapa tras la reforma de la ley y el registro único
El mapa de los pisos turísticos en España empieza a encoger. Tras años de crecimiento en las grandes plataformas digitales, principalmente Airbnb y Booking, el número de viviendas ofertadas para uso turístico ha sufrido un fuerte ajuste coincidiendo con la entrada en vigor de la reforma de la ley de propiedad horizontal y el registro único de alquileres de corta duración.
[–>[–>[–>El Banco de España, en su último Informe Anual, señaló que «el auge de la vivienda turística es un fenómeno que contribuye a presionar al alza la demanda de vivienda y que no estuvo presente en el ‘boom’ inmobiliario de los años 2000». El organismo recuerda que esta actividad creció entre 2021 y 2024, cuando llegó a alcanzar las 400.000 viviendas, pero también apunta a un cambio reciente: las limitaciones regulatorias o el desplazamiento hacia otros usos, como el alquiler de temporada, podrían explicar que la cifra bajara hasta unas 355.000 viviendas turísticas de media en 2025.
[–> [–>[–>Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) van en esa dirección. En mayo de 2026 había 341.001 viviendas turísticas anunciadas en plataformas digitales en España. Son 40.836 menos que un año antes, cuando se contabilizaban 381.837. La caída interanual es del 10,7%, según la estadística que está en situación aún de experimental. Si se mira la evolución desde el pico de mayo de 2025 hasta noviembre de ese mismo año, el recorte fue todavía más abrupto: más de 52.000 pisos turísticos desaparecieron de la estadística en solo seis meses.
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La cifra no implica necesariamente que todos esos pisos hayan vuelto al alquiler residencial. El INE mide viviendas anunciadas en plataformas, no el destino final de cada inmueble. Parte de esa oferta puede haber dejado el negocio turístico, otra puede haberse regularizado, otra puede haber cambiado de canal y otra puede haberse desplazado hacia el alquiler de temporada.
[–>[–>[–>Pero el movimiento es relevante porque afecta al escaparate donde se concentraba buena parte de la actividad. En mayo de 2026, las viviendas turísticas registradas representaban el 1,28% del parque total de viviendas español. El dato de mayo también muestra un pequeño rebote respecto a noviembre de 2025, cuando el INE contabilizó 329.764 viviendas turísticas. Aun así, la foto interanual sigue siendo clara: hay menos oferta visible que hace un año y el sector entra en una fase de mayor control administrativo y vecinal.
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Desde el Ministerio de Vivienda explican que el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 contiene incentivos para que estas casas salgan del mercado turístico. «Se ayuda a las comunidades autónomas para que puedan ejercer su derecho a tanteo y retracto, o para que puedan adquirir vivienda de forma directa, a través la financiación del 70% del coste de adquisición. El porcentaje de financiación puede ascender hasta el 85% en caso de que la vivienda adquirida se ubique en una zona tensionada», explican.
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[–>Adicionalmente, el PEV contempla ayudas de hasta 50.400 euros a particulares que cedan una vivienda a la comunidad autónoma durante 7 años para que sea la Administración regional quien la ponga a disposición de la ciudadanía en forma de alquiler asequible. «La comunidad autónoma se encargará de la gestión integral del alquiler, transferirá las rentas a la propiedad y, cuando finalice el contrato, devolverá la vivienda a su propietario en condiciones óptimas», añaden desde la cartera liderada por Isabel Rodríguez.
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La reforma que da poder a las comunidades y el registro único
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Uno de los cambios clave llegó con la reforma de la ley de propiedad horizontal, que entró en vigor el 3 de abril de ese año. Desde entonces, los propietarios que quieran destinar una vivienda al alquiler turístico necesitan la autorización expresa de la comunidad de vecinos. En la práctica, esto da a las comunidades más capacidad para frenar nuevos pisos turísticos dentro de los edificios residenciales sin la necesidad de vetarlos de forma expresa en junta y teniendo que elevarlo a público, como anteriormente.
[–>[–>[–>La autorización debe aprobarse por una mayoría cualificada de tres quintas partes de los propietarios. También se permite que la comunidad imponga cuotas especiales o aumente los gastos comunes a estas viviendas. La reforma no borra automáticamente los pisos turísticos que ya funcionaban antes. El cambio afecta sobre todo a las nuevas altas y a quienes quieran empezar a explotar una vivienda como alojamiento turístico después de abril de 2025.
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La otra gran baza del Ejecutivo para regular este mercado fue la creación del registro único de alquileres de corta duración, aprobado en diciembre de 2024. El objetivo era que cualquier vivienda anunciada en plataformas para alquiler de corta duración tuviera un número de registro. Sin ese número, el anuncio no podía comercializarse legalmente. El sistema buscaba facilitar el intercambio de información entre propietarios, plataformas y administraciones, con el objetivo de detectar inmuebles ilegales.
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Sin embargo, el Tribunal Supremo tumbó parte del modelo por invasión de competencias autonómicas hace solo unas semanas, porque se superponía a los registros regionales. El golpe no elimina toda la herramienta. La Ventanilla Única Digital y las obligaciones de intercambio de datos con las plataformas se mantienen, pero el registro estatal queda tocado y ahora el asunto queda en manos de las autonomías.
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