El juez abre juicio oral contra Errejón por la presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá y y le impone una fianza de 30.000€
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Íñigo Errejón se sentará finalmente en el banquillo de la presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá.
El juez Adolfo Carretero abrió este miércoles juicio oral contra el exdiputado y ex portavoz en el Congreso de Sumar por el presunto delito de agresión sexual contra la actriz que presuntamente cometió a finales de octubre de 2021.
Así se afirma en un coche, en el que El juez da a Errejón un día para prestar una fianza de 30.000 euros para «asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan imponerse».
El instructor, además, cita con Errejón el 15 de enero a las 9:30 horas a fin de “convocarlo, requerirlo y notificarle el auto de apertura de juicio oral”.
Fue el pasado mes de noviembre cuando El instructor procesó a Errejón tras trece meses de investigación en el que tomó declaración al propio Errejón, a Mouliaá, a testigos y a psiquiatras. Como parte de las investigaciones, también pidió al exdiputado y a la actriz que aportará las conversaciones que intercambiaron en las fechas cercanas al ataque reportado.
Según denuncia la actriz, los hechos habrían ocurrido en el marco de la presentación de un libro de Errejón y luego de casi un año hablando en redes sociales. Mouliaá sostiene que al finalizar el acto fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano y ella, que ya tenía previsto asistir esa noche a una fiesta en casa de una amiga, «por cortesía» invitó al dirigente a acompañarla.
El juez consideró que «la prueba existe y no ha sido totalmente desvirtuada por la versión del investigado, su prueba pericial y documental».
Considera «coherente» la declaración de Mouliaá
Carretero entendió que ya que no hay «testigos presenciales» de los hechos y teniendo algunos testimonios de referencia y pruebas periciales, «la principal pista probatoria» es la Declaración de Mouliaá, que ha analizado «desde el punto de vista de un instructor y no de un juez».
El instructor enfatizó que Mouliaá «no tenía ningún motivo espurio, enemistad, odio o venganza» contra Errejón, «sino más bien todo lo contrario». Y destacó que «Su declaración es esencialmente coherente.»
«Los posibles vacíos o contradicciones en su declaración fueron aclarados ante esta instructora, luego de un largo y exhaustivo interrogatorio, en el que mantuvo coherencia en todo momento, explicando que si no reaccionó más rápidamente ante el abuso, como lo hizo en el tercer episodio, fue porque estaba aturdida, bloqueada por la situación y personalidad de su presunto agresor, además del efecto de la bebida y los medicamentos que estaba tomando», subrayó.
Para el juez, «no se ven vaguedades ni contradicciones» en la declaración de la actriz «salvo esa falta de reacción explicable por su bloqueo emocional y la personalidad reiterada» de Errejón, que en aquel momento era «un político importante».
En este punto, además, Carretero destacó que el dirigente «renunció a su cargo por conductas inapropiadas con las mujeres». aunque Errejón afirmó que lo sucedido con Mouliaá no tuvo nada que ver con su decisión.
«En relación a la persistencia en la incriminación, hay que decir que la demora en la denuncia según el Tribunal Supremo es un hecho a tener en cuenta, pero no quiere decir que la denuncia tenga que ser falsa», anotó.
Y, respecto a que en una conversación telefónica Mouliaá dijera a un testigo que pensaba que los hechos no eran un delito pero que tenía que denunciarlos, el juez subraya que eso «no quiere decir que no lo sean». «La denunciante no es experta en derecho ni tiene que calificar los hechos, basta con que los explique, como lo ha hecho», añadió.
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