estos mayores de 52 años podrían quedarse sin el subsidio
El desempleo es una prestación contributiva destinada a proteger a quienes, pudiendo y deseando trabajar, han perdido su empleo de forma temporal o definitiva o han visto reducida temporalmente su jornada laboral entre un 10% y un 70%, según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sin embargo, esta ayuda Sólo se puede cobrar por un máximo de 720 días.s, es decir, aproximadamente dos años.
Cuando se agota ese plazo, muchos trabajadores aún no han logrado reinsertarse en el mercado laboral. En estos casos no les queda otra opción que recurrir a otras ayudas económicas de la Seguridad Social, como las distintas prestaciones por desempleo.
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda que concede la administración pública a aquellos trabajadores que tienen agotadas por completo las prestaciones por desempleo, que no pueden acogerse a una jubilación anticipada y además no tienen ingresos que les permitan vivir dignamente. La cuantía mensual de esta subvención equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), por lo que los beneficiarios recibirán 480 euros al mes (el 80% de 600 euros).
La edad es un requisito determinante: Es obligatorio tener 52 años al momento de encontrarse en alguna de las situaciones que dan derecho al subsidio.. Además, el solicitante deberá estar registrado como demandante de empleo y haber firmado el contrato de actividad en el momento en que se le reconozca el derecho. Junto a ello, se exige haber cotizado al menos seis años por desempleo a lo largo de la vida laboral y hacer frente a la falta de ingresos, lo que implica no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en ingresos mensuales.
Otro aspecto clave es que, para acceder a esta ayuda, el trabajador debe cumplir con todos los requisitos –excepto la edad– para una futura pensión de jubilación contributiva. Si la persona no tenía 52 años cuando se agotó el beneficio contributivoPodrás solicitar el subsidio al cumplirlos, siempre y cuando hayas mantenido el alta ininterrumpida como demandante de empleo.
¿Quién podría quedarse sin el subsidio?
La normativa también establece limitaciones que excluyen a determinados perfiles. No pueden acceder a ella quienes hayan cobrado o agotado la Renta Activa de Inserción, la prestación extraordinaria por desempleo o la prestación por cese de actividad. Además, si el solicitante cumple con los requisitos al retomar un subsidio anterior, el hecho causante será la propia reanudación. El derecho comienza al día siguiente del hecho causante, si la solicitud se presenta dentro de los quince días hábiles; Si se presenta fuera de plazo se pierden días de ayuda.
Durante el cobro del subsidio, el beneficiario debe estar totalmente desempleado o trabajando a tiempo parcialy el SEPE aporta por él para su futura jubilación. En materia de ingresos se tienen en cuenta tanto los ingresos del solicitante como, en determinados casos, los de la unidad familiar, respetando siempre el límite del 75% del SMI.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí