Gobierno y Generalitat cierran el traspaso del impuesto de matriculaciones a Cataluña
Como prueba de cara a la futura gestión por parte de la Generalitat del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la administración catalana, a través de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), y el Gobierno, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), han firmado el acuerdo … para la gestión compartida del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Iedmt), cerrando así el acuerdo alcanzado por el Comité Conjunto de Asuntos Económicos y Fiscales febrero pasado.
Más allá de la cantidad recaudada, 136 millones de euros y 169.000 contribuyentes en la última campaña -un impuesto menor por así decirlo-, lo relevante del acuerdo es que se presenta como una especie de prueba y ensayo de gestión fiscal compartida. Así, y según explicaron en febrero, la AEAT permitirá a la agencia catalana utilizar sus aplicaciones en gestión tributaria «para conseguir una mayor eficiencia y utilización de los medios por parte de las administraciones implicadas».
Asimismo, el ATC “también podrá acceder, a estos efectos, a los información necesaria para la gestión de los Iedmt contenidos en estas solicitudes, y referidos a su respectivo ámbito territorial. Todo ello con plenas garantías en el tratamiento y uso de la información por parte de ambas administraciones. Es decir, la ATC y la AEAT actuarán en consorcio, en lo que es una «prueba de gestión compartida, en red», según explicaron en su momento la consellera Alícia Romero y el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón.
El acuerdo permitirá a los ciudadanos presentar la declaración ante las dos administraciones, mientras que la agencia estatal dará acceso a la agencia catalana a su plataforma, compartiendo «información, aplicaciones y procedimientos informáticos». La colaboración entre ambas administraciones tributarias se irá implementando de forma progresiva.
El acuerdo se basa en la Ley de transferencia de tributos estatales de la Comunidad Autónoma de Cataluña, que establece un régimen transitorio para la transferencia efectiva del Iedmt, señalando, a estos efectos, que las funciones inherentes al gestión de este impuesto «Continuarán siendo ejercidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria hasta que se haya realizado la transferencia de los servicios afectos a estos impuestos, a petición de la Comunidad Autónoma.»
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