La crisis del derecho internacional
Hace pocos días el semanario digital «Verfassungsbloch» publicaba un contundente artículo de un profesor de Derecho del MIT (Instituto Tecnológico de Massachusetts, por sus siglas en inglés), Balakrishnan Rajagopal, titulado «El Derecho internacional en y como crisis». Según su opinión, aunque la crisis nunca ha sido externa al Derecho internacional, sino su propia condición de existencia, hoy en día él mismo se encuentra en crisis. Lo que sucede no es simplemente el fracaso de la ley internacional, sino un profundo colapso (en circunstancias excepcionales) de la autoridad, la legitimidad y la imaginación política de esta disciplina científica. Hay tres lugares que caracterizan la gravedad de semejante colapso: Gaza, Ucrania y Venezuela.
[–>[–>[–>La sociedad internacional resulta enormemente susceptible de operar como el estado de naturaleza hobbesiano. La situación de «bellum omnium contra omnes», de la que abominaba el filósofo Thomas Hobbes en su «Leviatán» (1651), genera la consecuencia de que «nada puede ser injusto» y de que todos tienen derecho a todo (a exigir la venta de Groelandia a los Estados Unidos de América, por ejemplo). Ahora bien, lo que actualmente sucede no es simplemente el regreso a la anarquía de la lucha de todos contra todos, sino el abandono incluso de la pretensión de que la ley y la «civilización» limiten la ambición imperial, como ocurrió durante la época colonial.
[–> [–>[–>Este desmoronamiento se refleja en la arquitectura institucional de la gobernanza mundial, con una Organización de las Naciones Unidas cada vez más desvaída e impotente en todos sus órganos y agencias. Cierto es, sin embargo, que, en realidad, siempre ha ocurrido más o menos así. El Derecho Internacional, escribe con dureza el profesor citado, proclama su universalidad al tiempo que institucionaliza la excepción (véase, en efecto, un ejemplo lacerante en el derecho de veto otorgado como un privilegio a los Estados Unidos y a la Federación Rusa en el seno del Consejo de Seguridad de la ONU). Promete igualdad mientras organiza la jerarquía. Promete frenar la anarquía, pero la consolida bajo la apariencia de ley. Criminaliza la agresión y la atrocidad, pero condiciona su aplicación a la conveniencia política. Los poderosos (Putin, Netanyahu, Trump…) no solo son más propensos a violar la ley, sino que también son más proclives a definir en primer lugar qué se considera ley (sus personales pautas morales, acaba de declarar Trump). El resultado es un sistema en el que la legalidad funciona no tanto como una restricción al poder como una de sus técnicas o instrumentos de acción.
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Frente a esta situación, hay quien se conforma con lo que podríamos denominar un Derecho internacional de los buenos sentimientos: así, verbigracia, la blandengue reacción europea ante el genocidio israelí de la población de Gaza. Y hay quien propone transitar institucionalmente, mediante oportunas reformas, hacia el multilateralismo. Pero, según advierte el profesor Rajagopal, «reemplazar un mundo dominado por una o dos superpotencias por un condominio de Estados y clases hegemónicos no democratiza el Derecho internacional: multiplica los ámbitos de dominación».
[–>[–>[–>Entonces, ¿qué? Construir «un Derecho internacional desde abajo», sostiene ese autor. ¿Y qué significa eso exactamente? Ante todo, que el Derecho internacional no puede ser otorgado por las élites ni diseñado únicamente mediante reformas institucionales. Solo puede surgir de prácticas contrahegemónicas: a través de los movimientos sociales, la resistencia indígena, las luchas laborales, la defensa del medio ambiente y las transformaciones cotidianas del poder y los derechos dentro del Estado y entre los Estados. Hablando, pues, desde una perspectiva propia de un ciudadano del Tercer Mundo, o sea, desde una «Weltanschauung» que contempla todos los registros del planeta, humanos y no humanos, y que está presente en los combates por la tierra, el agua, el trabajo, la migración y la supervivencia, Rajagopal propugna el reconocimiento de que la legitimidad del Derecho se derive de la experiencia vivida, no de una universalidad abstracta.
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Naturalmente, este nuevo Derecho internacional no abandonaría las normas contra el genocidio, la ocupación y la explotación. Pero trataría a Gaza como una exigencia estructural de rendición de cuentas. Vería a Ucrania no solo desde la perspectiva de la soberanía, sino a través de la economía política global, de la guerra y del desarrollo. Y trataría los resurgimientos coloniales (piénsese en la reciente intervención americana en Venezuela, por ejemplo) como el resultado lógico de un sistema que nunca se descolonizó por completo.
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[–>En fin, concluye este estudioso, la crisis del Derecho internacional no es, por lo tanto, un simple momento de colapso, sino sobre todo una oportunidad de elección. Podemos aferrarnos, dice, a las ruinas de un ordenamiento jurídico que siempre ha privilegiado a los poderosos, o podemos participar en la lenta y ardua labor de construir algo diferente. La crisis siempre ha caracterizado al Derecho Internacional. Ahora la cuestión radica en si esta ciencia podrá sobrevivir a sus propias contradicciones o si será transformada por quienes se niegan a aceptar que la legalidad debe servir siempre al imperio. n
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