La justicia obliga al SEPE a computar los días cotizados sin protección de desempleo como empleada de hogar para ampliar la prestación de una mujer de 180 a 480 días
Un trabajador que se había dedicado más de dos años a las tareas domésticas en varios hogares se topó con un amargo Sorpresa al solicitar prestaciones contributivas por desempleo. Si bien su vida laboral acumuló cotizaciones por más de mil quinientos días, el Servicio Público de Empleo Estatal sólo le reconoció 180 días de cobertura. El motivo: los 958 días que figuraban en el Régimen Especial de Empleados del Hogar no se tuvieron en cuenta porque, en el momento de esas cotizaciones, este colectivo estaba excluido de protección por desempleo.
Un agravio con raíces históricas
La mujer había trabajado para tres empleadores diferentes entre enero 2020 y septiembre 2022sumando más de dos años y medio de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, hasta la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, en octubre de ese año, las personas empleadas en el servicio doméstico no estaban obligadas a cotizar por la contingencia por desempleo. Por lo tanto, a los ojos de la administración, ese tiempo simplemente no existiría para calcular la duración de su beneficio.
Su paro reconocido se fijó en 180 díasmuy lejos del 480 que habría correspondido si se hubieran contabilizado todos los períodos.
El tribunal regional ha revocado ahora esa decisión administrativa y ha ampliado el beneficio al máximo permitido por su aporte acumulado. Los magistrados recuerdan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia de febrero 2022Ya declaró que la exclusión de los trabajadores domésticos de la protección por desempleo constituía una discriminación indirecta basada en el sexo, ya que se trata de un sector abrumadoramente ocupado por mujeres.
La justicia europea corrige la desigualdad
Siguiendo este criterio, la Sala Social del TSJ del País Vasco, en su sentencia N° 1096/2026ha considerado que no procede sustentar la negativa del organismo estatal a contar esos días. El fallo aplica la misma doctrina que ya se había asentado el propio tribunal en resoluciones anteriores, corrigiendo así un vacío de protección que afectaba a decenas de miles de trabajadores.
La resolución enfatiza que el período de registro como trabajador doméstico debe ser tratado en igualdad de condiciones con el resto de regímenes de cotización.
Gracias a esta sentencia judicial, el demandante podrá recibir el beneficio durante 480 díasen lugar de los 180 concedidos inicialmente. La base regulatoria diaria no fue objeto de discusión. Esta decisión refuerza el camino abierto por la jurisprudencia europea para eliminar las barreras que históricamente han obstaculizado los derechos sociales de las mujeres.trabajadores a domicilio.
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