La Justicia reabre la causa sobre el exceso de ruido por los conciertos en el Bernabéu
Él Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) admitió el recurso presentado por el Asociación de Vecinos Heridos del Bernabéu y revocó la decisión judicial que había formulado su impugnación contra el organizar conciertos en el estadio Santiago Bernabéu.
En un auto al que tuvo acceso Europa Press, la Sala anula la inadmisibilidad del recurso interpuesto por la Asociación contra el despido por el silencio administrativo de la solicitud dirigida al 9 de octubre de 2024 al alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida.
Quieren aclarar si Madrid tiene licencia para conciertos
Los vecinos habían solicitado que se declarara que el Plan especial de mejora del medio ambiente urbano y ordenación urbanística detalle del estadio Santiago Bernabéu, así como las licencias concedidas al Real Madrid para la ampliación, consolidación, acondicionamiento específico, reestructuración específica y reestructuración parcial y exteriores, no cubrían ni permitían la celebración de conciertos.
También exigieron que se advierta al club de las responsabilidades que podría incurrir si insistiera en la celebración de este tipo de eventos.
Él Tribunal de primera instancia consideró inicialmente que dicha solicitud era sólo una simple «consulta» y, por ello, declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo.
Sin embargo, el TSJM concluyó que la petición del barrio no se limitaba a recabar información, sino que denunciaba una posible vulneración urbanística y exigía el ejercicio de competencias administrativas específicas.
El tribunal también rechaza que la respuesta enviada por el Agencia de Actividades del Ayuntamiento de Madrid él 7 de febrero de 2025 puede describirse como un simple acto procesal.
¿Comunidad de Madrid o Ayuntamiento?
Según el Tribunal, dicha respuesta atribuye la competencia para autorizar conciertos a la Comunidad de Madrid y niega implícitamente el ayuntamientolo que representa una decisión sobre el fondo del caso y bloquea la continuación del procedimiento administrativo iniciado por los vecinos.
«De hecho, si examinamos el contenido de esta respuesta, vemos que atribuye en definitiva a la Comunidad de Madrid la competencia para autorizar conciertos organizados o a realizar en el futuro, negándose a que el Ayuntamiento de Madrid la celebre», especifica el auto.
“Con respuesta tan inequívoca, se decide sobre el fondo de la cuestión planteada, directa o indirectamente, en la medida que impide la continuación del procedimiento y, por tanto, impide o niega la atribución de la facultad administrativa cuyo ejercicio solicita al Alcalde la Asociación Solicitante”, añade la resolución.
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