Los caseros empiezan a rescindir los contratos de alquiler para vender sus casas
«Por la presente le informo formalmente de la intención de no renovar el contrato «contrato de arrendamiento firmado en septiembre de 2021 y que, como sabéis, tiene como fecha de finalización el 30 de septiembre de 2026.» Este es el texto con el … que cada vez se van encontrando más inquilinos, reflejado en un burofax o un correo certificado, en el que los arrendadores comunican su intención de rescindir ese contrato de arrendamiento. Las dudas surgidas en torno a las últimas decisiones legislativas, como el decreto antidesalojos que estuvo en vigor durante 30 días, están empujando a los propietarios a romper el alquiler y optar, en muchos casos, por vender la vivienda como alternativa inmobiliaria.
El movimiento en el mercado del alquiler no es baladí en un contexto condicionado por una normativa que está presionando el problema de la vivienda. Ante las dudas sobre cuánto podrán recaudar el pagos mensuales; el problema de los impagos y el trato a los inquilinos vulnerables; o la propia limitación de precios en determinadas zonas, está provocando que prácticamente un tercio de los propietarios no encuentre rentable seguir alquilando. De hecho, un 34% de los propietarios cuyo contrato vence este año ya prevén que retirarán su vivienda del mercado tradicional cuando finalice el contrato actual, según el informe «Perspectivas del mercado de alquiler 2026» de Fotocasa Research basado en una encuesta de febrero de 2026.
Uno de cada cuatro propietarios tiene intención de poner su casa en venta cuando acabe el contrato de alquiler, según Fotocasa
De ese porcentaje, un El 24% optará por vender. la vivienda, que sigue siendo la alternativa con más adeptos entre los propietarios a la hora de gestionar el inmueble que hasta ahora tenían alquilado. La rentabilidad que pueden obtener con esta operación, después de que el precio medio de la vivienda haya subido un 13% en el último año, según el INE, unido a que se quitan los problemas de gestión del alquiler, está provocando que una parte de los arrendamientos se conviertan en viviendas vendidas como propiedad.
Los propietarios también consideran otras opciones, pero en minoría. Por ejemplo, el 8% planea utilizar su casa para alquilar habitaciones. Y sólo un 2% anticipa que se pasará al alquiler vacacional o turístico.
¿Qué pasa después del decreto?
Esta dinámica se ha visto agravada en las últimas semanas después de que el Congreso de los Diputados tumbara el decreto que permitía limitar las subidas de los alquileres. Aunque estuvo vigente 30 días, desde que fue validado por el Consejo de Ministros un mes antes, su derogación comenzó a generar dudas tanto entre inquilinos como propietarios. Y esa incertidumbre es la que empieza a trasladarse al mercado inmobiliario con la rescisión de muchos contratos tradicionales que estaban en vigor.
Durante el mes que la norma haya estado vigente, el burofaxes de inquilinos para solicitar una prórroga del alquiler se han extendido como la pólvora, pero la validez de buena parte de estas solicitudes es cuestionada por algunos expertos jurídicos, dado que muchas de estas solicitudes han sido para solicitar una extensión del contrato casi dos años antes de su vencimiento real.
Incluso para los abogados de vivienda, no hay consenso una vez que se presente esta situación. Se ha abierto una enorme brecha entre propietarios e inquilinos. La norma aprobada en el decreto anticrisis habitacional decía que cualquier inquilino cuyo contrato finalizara entre el 20 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podría solicitar una prórroga. No importaba si ese contrato finalizaba dos semanas después de su aprobación o a finales del próximo año. Los juristas recomendaron solicitarlo formalmente por escrito y, preferentemente, mediante burofax.
Al tratarse de un decreto ley, aunque la cláusula de extender el contrato, Los abogados cuestionan el momento de sus efectos. Y si el decreto no ha sido validado, no se puede dar por segura la validez de una prórroga que pretende seguir produciendo efectos hasta el 31 de diciembre de 2027.
Plazos para comunicar
Para que todo el procedimiento vinculado a la ruptura de un contrato de alquiler esté bien regulado, es necesario recordar que la Ley de Arrendamientos Urbanos señala que los plazos de preaviso para comunicar la no renovación de un contrato varían en función de quién realiza la notificación y de la fecha de firma del contrato.
si el lo hace dueñodeberás avisar con un mínimo de cuatro meses por adelantado para contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019. Y para contratos anteriores, el plazo general suele ser de 30 días. si el actúa arrendatarioquien es el que quiere finalizar el alquiler, deberá avisar al menos dos meses antes de la fecha de finalización, para contratos posteriores a marzo de 2019.
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