Los padres de la «casa de los horrores» de Oviedo no podrán acercarse a sus hijos en 3 años y 4 meses pero sí llamarles por teléfono
Los padres del caso conocido como la «casa de los horrores», condenados a dos años y diez meses de cárcel por mantener aislados a sus tres hijos menoresen un chalé de Fitoria, tampoco podrán acercarse a ellos durante los próximos tres años y cuatro meses. La Audiencia Provincial de Oviedo les prohíbe aproximarse a menos de 300 metros de los niños, de su domicilio, de su centro de estudios o de cualquier lugar que frecuenten. En ese mismo periodo tampoco podrán ejercer la patria potestad, la tutela, la curatela, la guarda ni el acogimiento. Pero el tribunal no ha querido cortar del todo el vínculo: la sentencia no les impide comunicarse con sus hijos.
[–>[–>[–>Esa es una de las paradojas que deja el fallo. El tribunal considera probado que los padres sometieron a los menores a una situación de aislamiento extremo, sin escolarización, sin asistencia médica ordinaria desde 2019 y en unas condiciones de vida que los magistrados califican de atentatorias contra la dignidad de los niños. Sin embargo, pese a la gravedad de los hechos, la Audiencia entiende que la relación paternofilial no debe quedar completamente rota. La prohibición es física: no podrán aproximarse a ellos, a su domicilio, a su centro de estudios o a cualquier lugar que frecuenten. Pero el contacto telefónico, que ahora se mantiene una vez por semana, concretamente los jueves, seguirá abierto.
[–> [–>[–>[–>[–>[–>La decisión se apoya en los informes médicos y sociales incorporados a la causa, que no aconsejan una ruptura total entre los hijos y los padres. En esa misma línea se pronunció durante el juicio el psiquiatra Julio Bobes, que declaró como perito. El especialista considera que para los niños es relevante mantener contacto con sus padres y que lo más adecuado sería avanzar hacia un acercamiento progresivo, siempre dentro de un régimen sociosanitario controlado y con intervención de los servicios sociales. Ahora, sigue pensando lo mismo. «La presencia de los padres no es fácil de suplir por otros tutores profesionales. Para los niños es muy importante mantener contacto continuado con sus padres», sostiene Bobes.
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El psiquiatra, por lo tanto, ve insuficiente el régimen de contacto fijado hasta ahora, limitado a una llamada telefónica semanal. A su juicio, el vínculo debería abordarse con más acompañamiento profesional y con una planificación específica, no solo como una comunicación puntual entre los menores y sus progenitores.
[–>[–>[–>Relación afectuosa
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Los magistrados también tuvieron en cuenta que los niños mantenían una relación afectuosa con sus padres, especialmente con la madre, y que no se acreditó durante el juicio la existencia de violencia física ni de castigos desmesurados. Esa fue, precisamente, una de las razones por las que la Audiencia Provincial absolvió al matrimonio de los tres delitos de detención ilegal que les atribuían la Fiscalía. El tribunal no encontró candados, cerrojos ni mecanismos físicos destinados a impedir la salida de los menores, y concluyó que el aislamiento respondía a una «dinámica familiar» marcada por el miedo patológico al contagio del Covid y por el temor a que los servicios sociales les retiraran la custodia al no tener a los niños escolarizados ni empadronados.
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Eso no evita la condena. La Audiencia sí considera que ese encierro prolongado, esa falta escolarización, la ausencia de atención sanitaria y las condiciones de la vivienda constituyen violencia psíquica habitual y abandono de familia. Los tres niños, dos gemelos que tenían ocho años cuando fueron rescatados y su hermano mayor, de diez, presentaban retraso evolutivo, déficit de socialización y problemas de autonomía. Los gemelos, por ejemplo, no sabían leer ni escribir.
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[–>El fallo todavía no es firme. La consejería de Bienestar Social, representada en el procedimiento por la Letrada del Menor, continúa estudiando la sentencia para decidir si presenta recurso. También lo analiza la Fiscalía, que había solicitado penas muy superiores por detención ilegal (más de 25 años de cárcel). Las defensas, por su parte, valoran igualmente recurrir porque sus clientes consideran excesivo el tiempo durante el que permanecerán separados físicamente de sus hijos.
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La propia Audiencia ha encargado además a la empresa Seprotec la traducción de la sentencia al inglés, para que los dos condenados –él, alemán, y ella, estadounidense– puedan conocer íntegramente y en un idioma comprensible para ambos el contenido de la resolución que les afecta.
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