«No todo lo que se rompe debe asumirlo el propietario»
A la hora de alquilar una vivienda, uno de los principales conflictos entre inquilino y propietario llega cuando algo se rompe y hay que afrontar una factura. Entonces viene la gran pregunta: ¿quién tiene que correr con ese gasto?
La realidad es que no hay … una respuesta clara. Depende de qué está roto o cómo ocurrió la falla. La ley también distingue entre reparaciones que implican preservar las condiciones habitables y pequeñas reparaciones resultantes del uso diario del inmueble.
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el propietario deberá asumir las reparaciones para garantizar que la vivienda se mantenga en condiciones habitables, mientras que el inquilino deberá asumir las reparaciones menores por desgaste, tal y como recuerda el despacho de abogados AF Legis.
Reparaciones a cargo del propietario.
«No todo lo que se estropea en una vivienda de alquiler debe correr a cargo del propietario: las pequeñas reparaciones debidas al uso ordinario corresponden al inquilino», explica Arantxa Goenaga, socia de AF Legis y abogada experta en vivienda. Asimismo, el coste de la reparación no es el factor determinante a la hora de decidir quién es el responsable.
Por tanto, el propietario debe hacerse cargo de averías de tuberías, instalaciones eléctricas defectuosas, problemas de aislamiento, fallos en los sistemas de agua o calefacción, entre otras cosas. También le corresponde la reposición de instalaciones que se hayan deteriorado por antigüedad o falta de mantenimiento o cuando deban sustituirse elementos completos de una instalación.
El abogado pone el ejemplo en estos casos de situaciones en las que el agua sale amarilla por oxidación o cuando el mecanismo de la cisterna ha dejado de funcionar por el uso.
«No todo lo que se estropea en una vivienda alquilada debe correr a cargo del propietario: las pequeñas reparaciones debidas al uso ordinario corresponden al inquilino»
Arantxa Goenaga
Abogado AF Legis
Reparaciones a cargo del inquilino
Pero no todo le corresponde al dueño. El inquilino deberá asumir pequeñas reparaciones como cambio de focos, pequeños arreglos en el grifo o cisterna o ajustes de persianas que se deterioran con el uso.
Asimismo, si algún electrodoméstico se ha estropeado por un mal uso, su sustitución es responsabilidad del inquilino.
Goenaga explica que uno de los mayores puntos de desacuerdo tiene que ver con los electrodomésticos viejos o cuando el inquilino lleva muchos años viviendo en esa casa, lo que dificulta diferenciar quién se encarga de la reparación: «Es muy recomendable prever estas cuestiones en el contrato».
Las filtraciones, el eterno conflicto
El invierno en España ha sido muy húmedo, por lo que en muchos hogares puede haber salido cierta humedad, lo que es otro motivo de conflicto.
Como nos recuerda AF Legis, independientemente de quién sea el responsable, la vivienda debe mantenerse en condiciones habitables durante toda la duración del contrato. «Si aparecen goteras que afectan a la habitabilidad, el propietario no puede limitarse a determinar el origen del problema», afirma Goenaga. En este caso se trata de reparar la vivienda y luego reclamar al responsable.
Si la fuga proviene de otra vivienda, el pago corresponderá al propietario del otro apartamento o a su seguro. Si procede de la cubierta o fachada del edificio, corresponde a la comunidad. Si procede de instalaciones propias de la vivienda, deberá asumirlo el propietario.
Además, el abogado advierte: «No basta con atribuir la humedad a una supuesta falta de ventilación; si la vivienda tiene problemas estructurales, el arrendador debe intervenir».
En estos casos, el inquilino puede intervenir si el propietario no actúa con diligencia: puede solicitar una reducción del alquiler, puede demandar una reparación o resolver el contrato.
En el caso de que las humedades aparezcan por algún problema con las instalaciones comunitarias, se debe hacer todo lo posible para solucionar el problema, incluso demandarlas si es necesario, recuerda el despacho de abogados. No se trata sólo de mantener la habitabilidad del inquilino sino también de evitar que recaigan sobre él responsabilidades o exigir a los responsables la rebaja del alquiler que ha tenido que realizar.
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