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¿Puedo acumular los días de asuntos propios para el año que viene?

¿Puedo acumular los días de asuntos propios para el año que viene?
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  • Publishedmarzo 1, 2026




Los trabajadores de este país tienen una serie de derechos laborales que les sirven de protección. En el caso de que un empleado necesite tomarse un día libre por un asunto personal, podrá hacerlo gracias a los conocidos como días hábiles personales o días de libre disposición.

Sin embargo, No todos los trabajadores tienen este derecho. En el caso de los empleados públicos, podrán disfrutar de estos días concedidos. Sin embargo, en la empresa privada todo depende de si está reflejado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.

Si está disponible, muchos se preguntan si estos días se pueden acumular y si deben gastarse antes de fin de año. Lo cierto es que esta legislación laboral plantea muchas dudas y, de nuevo, todo dependerá de la normativa de cada empresa.

¿Qué son los días hábiles?

Son días retribuidos que el trabajador puede utilizar para cubrir necesidades personales. sin necesidad de justificar el motivo ante la empresa o la administraciónsiempre dentro de los límites y condiciones establecidos por la normativa aplicable o el correspondiente convenio colectivo.

En términos generales, este derecho permite al trabajador ausentarse de su puesto de trabajo sin tener que justificarlo y sin perder ingresos económicos. Sin embargo, este derecho está sujeto al tipo de trabajador.

En el ámbito del empleo público, Estos días están regulados principalmente por el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que reconoce el derecho de los empleados públicos a disponer de un número determinado de días al año para determinadas materias.

No es así para los trabajadores del sector privado.. Y los días de trabajo propio no están previstos con carácter general en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que su existencia depende del convenio colectivo aplicable o de lo pactado en el contrato de trabajo.

¿Se pueden acumular días hábiles personales?

En el caso de la Administración Pública, los trabajadores sí tienen sus propios días hábiles regulados reglamentariamente. Tal como lo establece el artículo 48 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), los funcionarios tienen seis días al año.

Sin embargo, estos días no se pueden acumular para el año siguiente, es decir, Si no se disfrutan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, el permiso desaparece. Además, estos permisos no podrán acumularse con periodos de vacaciones anuales, tal y como recoge la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de la Función Pública.

Respecto al sector privado, los días hábiles están sujetos a lo pactado en el convenio colectivo o, en su caso, en el contrato de trabajo, ya que estos días no son obligatorios por ley y, por tanto, todo dependerá de cada empresa.

Aun así, lo habitual es que si el trabajador tiene estos días libres disponibles No son acumulables y se pierden si no se disfrutan dentro del año.. Aunque por norma general esta es la forma de proceder, existen excepciones donde las empresas permiten que se trasladen al primer trimestre del año siguiente.

Los funcionarios tendrán un día hábil adicional en 2026

Los funcionarios y empleados públicos tendrán en 2026 un día extra de asuntos propios. esto es porque El próximo 15 de agosto, festivo en toda España, caerá en sábado. Y es que cuando un día festivo nacional no recuperable o sustituible cae en sábado, día en el que las administraciones públicas no trabajan, el Estado permite al trabajador recuperar el día festivo en forma de ‘dia de moscos‘.

De este modo, el feriado nacional no recuperable se compensa dando permiso para un día libre más sin sufrir consecuencias en salario y cotización. De acuerdo con las normas generales que recogen las condiciones de empleo del Servicio Público, cuando un feriado nacional remunerado e insustituible cae en sábado, se podrá agregar hasta un día adicional de licencia por asuntos particulares para ese año.

Las normas generales que regulan las condiciones de trabajo en el Servicio Público establecen que, cuando un día festivo nacional remunerado e insustituible se celebre en sábado, se podrá adicionar hasta un día más de licencia por asuntos particulares dentro del mismo año calendario.

Esta medida está incluida en el Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de enero de 2026que regula el disfrute de este día adicional de permiso para el año 2026 como consecuencia de la coincidencia en sábado de un día festivo nacional no recuperable o no sustituible.



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