Economia

¿Qué ayudas puedo pedir si se me termina el paro? Consulta la lista actualizada

¿Qué ayudas puedo pedir si se me termina el paro? Consulta la lista actualizada
Avatar
  • Publishednoviembre 27, 2025




Cuando se acerca el fin del desempleo, la duda se repite: ¿qué pasa cuando termina la prestación contributiva y aún no llega el momento de volver a trabajar? A partir del 1 de noviembre de 2024, El sistema de ayuda ha cambiado. y es importante tener claro qué opciones hay sobre la mesa para no quedarse sin ingresos de un día para otro.

La primera puerta a mirar es la prestación por desempleo tras agotar la prestación contributiva. Es la ayuda que puede solicitar alguien que ya ha consumido todo su paro y todavía registrado como solicitante de empleo. El objetivo es ofrecer un colchón económico a quienes tienen menos recursos mientras siguen buscando trabajo, a cambio de cumplir una serie de requisitos de ingresos y participación activa en el mercado laboral.

La reforma del nivel de ayuda ha introducido también un elemento que muchos beneficiarios notarán en sus bolsillos: la cuantía ya no es una única cifra fija desde el primer día, sino que está organizada por tramos. Durante los primeros meses cobras un poco más y, conforme va pasando el tiempo, La ayuda se reduce a 480 euros al messiempre haciendo referencia a un porcentaje del IPREM vigente. El objetivo declarado es fomentar la reinserción laboral, pero sin dejar sin red a quienes más lo necesitan. Además, si encuentras trabajo mientras recibes la subvención, existe la posibilidad de compatibilizar parte de la ayuda salarial por un período limitado, para que aceptar un contrato no signifique perderlo todo de golpe.

Para quienes han cumplido 52 años o más, el panorama cambia y aparece un beneficio clave: el subsidio para mayores de 52 años. Esta ayuda, a diferencia de otras, se puede mantener hasta la jubilación siempre que se sigan cumpliendo los requisitos de ingresos y de búsqueda activa de empleo, y supone cotizaciones a la Seguridad Social, algo imprescindible para no ver una reducción en la futura pensión. Su cuantía es estable, equivalente al 80% del IPREM (480 euros al mes), y sigue siendo una de las ayudas más valoradas en la actualidad por su estabilidad.

¿Quién puede solicitar las prestaciones por desempleo una vez agotadas las prestaciones por desempleo?

  • Estar en desempleo total o trabajo a tiempo parcialsin que la suma de los días equivalga a un día completo.
  • haber agotado a partir del 1 de noviembre de 2024 una prestación contributiva por desempleo.
  • No tener derecho a una nuevo beneficio impuesto al desempleo.
  • No encontrado en ningún caso de incompatibilidad.
  • Si el trabajo se ha realizado después de haber expirado el paro, habiendoinvoluntariamente en el último trabajo o en situación legal de desempleo.
  • Firmar el contrato de actividad y un declaración responsable de todos los ingresos propios y, en su caso, la unidad familiar.
  • falta rIngresos propios por encima del límite legal. o, alternativamente, demostrar responsabilidades familiares (Si es menor de 45 años y el paro duró menos de 360 ​​días, es obligatorio tener cargas familiares).
  • Que se cumplan los requisitos de ingresos o cargas familiares en el fecha de solicitud y prórrogas o reanudaciones (con un plazo de hasta seis meses desde el fin del desempleo para poder acreditarlos, excepto en el caso especial de los menores de 45 años con menos de 360 ​​días de prestación, que deberán acreditar los cargos desde el inicio).
  • Estar registrado como Demandante de empleo en el momento de la resolución de la solicitud.



Puedes consultar la fuente de este artículo aquí

Compartir esta noticia en: