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¿Qué puedo alegar para no ir a una mesa electoral? ¿Qué justificaciones se permiten?

¿Qué puedo alegar para no ir a una mesa electoral? ¿Qué justificaciones se permiten?
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  • Publishedfebrero 6, 2026


Este domingo, los aragoneses están convocados a participar en las elecciones autonómicas de la comunidad y, como en cada acto electoral, muchas personas reciben la temida notificación anunciando que han sido designadas para formar parte de una mesa electoral. Ya sea como presidente, miembro o suplente, este es un cargo obligatorio y La no comparecencia sin causa justificada puede tener consecuencias legales..

¿Pero qué pasa si realmente no puedo ir? La ley autoriza la presentación de alegaciones siempre que exista una razón razonable y esté bien documentada. Los seleccionados tendrán un plazo de siete días a partir de la recepción de la notificación para presentar su excusa ante el Consejo Electoral Zonal correspondiente. También las personas mayores de 65 años pueden dimitir dentro de este mismo plazo sin que sea necesario justificar nada más.

El Consejo Electoral ha cinco días para investigar las acusaciones y decidir si acepta o no la disculpa. De ser aprobado, el cargo pasa al primer suplente. En caso de negativa, la decisión deberá ser motivada, aunque no exista recurso administrativo; Sólo puedes acudir a los tribunales.

Puedes enviarlo a través del Aplicación oficial si dispones de certificado digital o del sistema cl@vee incluso para faxsiempre que los documentos originales sean enviados posteriormente por correo postal o por cualquier medio con acuse de recibo. Es importante saber que sólo cuando el Consejo Electoral acepta la excusa la persona oficialmente deja de ser parte de la mesa y ni las instituciones ni los partidos pueden cambiarlo.

¿Qué debo hacer si tengo un evento inesperado?

Si surge una imposibilidad de última hora, por ejemplo una urgencia médica, deberás comunicarlo. al menos 72 horas antes del día de la votación, o inmediatamente si ocurre más tardesiempre antes de la instalación de la oficina, es decir a las ocho de la mañana del día de las elecciones. Los suplentes también podrán justificar su ausencia.

Pero aquellos que no se presenten sin excusa, abandonen la mesa o no cumplan con los requisitos de notificación pueden enfrentar penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis a veinticuatro meses.

¿Puede afectar a todos?

No, el candidatos a elecciones o legalmente inhabilitados Según la ley electoral, no pueden ser miembros de una mesa electoral. Además, el responsable de recoger el informe de control no puede compatibilizar esta función con la participación en la mesa.

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