Seis años de cárcel para una mujer por intentar matar a su bebé prendiendo fuego a la cuna en En Massamagrell
La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a seis años de prisión a una mujer que intentó matar a su bebé de cuatro meses tras prender fuego a la cuna en la que se encontraba la niña, aunque el tribunal de la sección tercera le ha aplicado una eximente incompleta porque, cuando actuó, tenía seriamente mermadas sus facultades intelectuales y su voluntad por la ingesta de varias cervezas y un número no determinado de tranquilizantes, que ella cifró en el juicio en 21 comprimidos de Diazepan.
[–>[–>[–>Según ha informado este martes el TSJCV, la Sala también aprecia en la conducta de la penada la circunstancia agravante de parentesco, dado que era la madre de la víctima, y la atenuante de reparación del daño –abonó la cantidad exigida por la Fiscalía y la acusación particular, 950 euros, al padre antes del juicio-, además de esa eximente incompleta de embriaguez, en este caso por el consumo de alcohol y tranquilizantes.
[–> [–>[–>La sentencia le impone además una orden de alejamiento de la niña que incluye la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la menor, su domicilio o su centro escolar, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante diez años.
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Los hechos sucedieron la tarde del 8 de enero de 2022, cuando la ahora condenada se encerró en la habitación de la niña, en el domicilio de Massamagrell en el que residía junto a su hermano y su madre, tío y abuela de la menor, respectivamente. Ella misma negó en el juicio, que empezó a celebrarse el 22 de julio pasado, que su única intención era hacerse daño a sí misma y llamar la atención porque se sentía muy sola.
[–>[–>[–>«Me sentía muy sola»
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Así, ante el tribunal declaró en ese momento quería «fastidiar» a su hermano y hacerse daño: «Fue una llamada de atención porque me sentía muy sola. La cabeza se me fue, no controlé lo que hice, se me fue de las manos«.
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En la vista oral, expuso que «no quería hacerle daño a la niña, fue una niña deseada» de la que se quedó embarazada tras una fecundación in vitro. Al mes de quedarse embarazada, a su madre le diagnosticaron un cáncer y tuvo que cuidar de ella y de sí misma. El padre de la pequeña no llegó a compartir la vivienda con ella para criar a la niña y la ahora condenada tuvo que asumir los cuidados de las tres en soledad, relató.
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[–>El hermano también se quedó en la casa
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Además, su hermano, con el dijo haber tenido «problemas desde siempre» acabó mudándose también a ese domicilio después de separarse de su mujer, lo que acabó siendo otra fuente de conflictos. «Se me juntó todo, pasé el embarazo sola y, cuando nació la bebé, no tenía ayuda, no dormía, no tenía tiempo para mí y tenía que cuidar también de mi madre«, declaró.
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Según el relato de hechos probados que consta en la resolución, la mujer, con la intención de acabar con la vida de su hija, prendió fuego a una colchoneta que tenía un arco de gomaespuma, u otro material similar inflamable, del que colgaban varios peluches, y colocó esa colchoneta encendida bajo la cuna de la pequeña.
[–>[–>[–>El hermano las rescató a las dos
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Al mismo tiempo, explica el TSJCV, encendió con un mechero uno de esos peluches, altamente inflamable, y se colocó con él junto a la cuna, manteniéndolo en alto. El muñeco en llamas empezó a gotear sobre la niña e incendió la almohada y la parte lateral de la cuna. Esas llamas alcanzaron a la menor y le causaron una quemadura de primer grado en el dorso de la mano izquierda, por fortuna, la única herida que sufrió.
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Cuando el hermano de la penada y tío de la pequeña vio que salía humo de la habitación, entró precipitadamente en la misma, rescató a la bebé y salió del cuarto con ella en brazos tras forcejear con la mujer. Después, cuando la víctima estuvo ya a salvo, volvió al dormitorio para apagar el fuego y sacar a su hermana de la habitación, a la que también logró rescatar ilesa.
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La acusada insistió en el juicio que esa tarde había discutido con su hermano y empezó a beber, «cuatro o cinco botes de cervezas», a pesar de que no había comido, y 21 diazepanes.
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En este sentido, los magistrados señalan en la resolución que, tras escuchar la declaración de varios testigos y analizar los informes médicos, ha quedado acreditado que esas circunstancias la de haber estado bebiendo y tomando tranquilizantes, comprometieron seriamente «su capacidad de conocer y comprender y la de dirigirse de acuerdo con ese conocimiento y comprensión previos», pese a que ello no anuló completamente las bases de su imputabilidad. Por esa razón, se le aplica la eximente, pero no completa, sino incompleta.
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«Tenía rabia, quería fastidiarle a él»
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Tras encerrarse en la habitación, afirma que le pegó fuego a una mantita de actividades que le había regalado su hermano a la niña, pero negó haber sujetado el peluche ardiente sobre la cuna o haber intentado hacerle mal a su hija. «Tenía rabia. Solo quería fastidiarle a él», insistió. A partir de ahí, declaró ante el tribunal que se quedó bloqueada, que vio crecer el fuego, pero no fue capaz de reaccionar, hasta que entró su hermano en la habitación. «Recuerdo que hubo un forcejeo que él sacó a la niña de la cuna y se la llevó, y no recuerdo nada más. Amnesia total».
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Despertó en el hospital, atada de pies y manos, con un diagnóstico psiquiátrico por trastorno psíquico. «Ahí me enteré de lo que había pasado», aseguró. Después de eso, permaneció año y medio bajo tratamiento psiquiátrico y en una unidad de deshabituación, una UCA, tiempo durante el cual tuvo que estar tomando antidepresivos y somníferos para poder dormir.
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«Ahora sé que debo pedir ayuda»
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«Nunca he ido a un psiquiatra porque me sentía fuerte y creía que no lo necesitaba, que lo iba a superar. Ahora ya sé que si vuelvo a estar depresiva tengo que pedir ayuda», admitió ante los magistrados.
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Con anterioridad al juicio oral, que se celebró en varas sesiones entre los meses de julio y septiembre de este año, la acusada abonó al padre de la niña los 950 euros por las lesiones que sufrió la bebé que reclamaban como indemnización la Fiscalía y la acusación particular, ejercida por el progenitor de la víctima.
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La sentencia no es firme y se puede recurrir en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, recuerda un portavoz del alto tribunal valenciano.
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