Un cambio en la Seguridad Social deja sin paga extra de diciembre a estos pensionistas
Diciembre está a la vuelta de la esquina y la llegada de ese mes supone una alegría para muhcos y no solo por la Navidad, sino por la paga extra. Las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengan en los meses de junio y noviembre.
Cuando derivan de accidente de trabajo y enfermedad profesional, se satisfacen en 12 pagas, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades ordinarias. Por su parte, las mensualidades o pagas extraordinarias, en los supuestos de períodos completos de devengo, se abonan por un importe, cada una de ellas, igual a la cuantía de la mensualidad ordinaria correspondiente a dichos meses. Será suficiente un día de abono de la pensión para el cómputo de la sexta parte íntegra de la paga extraordinaria correspondiente. Tal y como confirman desde Moncloa las pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, y las pensiones ordinarias y extraordinarias del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado se revalorizarán un 3,8% para 2023, que es la inflación media entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023. Esta fórmula fue establecida en la Ley 20/2021, que garantiza el poder adquisitivo de las pensiones y fue consensuada con los agentes sociales.
Los que no reciben paga extra
Sin embargo, hay ciertos grupos de pensionistas que, debido a las características de su pensión, no recibirán esta paga extra. La razón está en la naturaleza de cómo se calculan estos subsidios y la forma en que se distribuye su ingreso anual. Estos jubilados reciben sus pagos en 12 mensualidades, con las extraordinarias prorrateadas a lo largo de las ordinarias, es decir, se reparte entre los 12 meses del año.
Los jubilados en esta situación son aquellos que perciben pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como a las de incapacidad permanente. También pueden incluirse otras pensiones relacionadas, como las de viudedad, orfandad y a favor de familiares, siempre y cuando tengan su origen en un accidente laboral o enfermedad profesional.
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Este mecanismo tiene como objetivo simplificar el proceso de distribución de la pensión anual, evitando que se acumulen cantidades adicionales. En realidad, no supone una desventaja para quienes no la reciben. La Seguridad Social garantiza que estos pensionistas obtengan la misma cantidad anual que aquellos que perciben 14 pagas, sólo que distribuidas de forma diferente.
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