Este es el dinero que perderán los pensionistas que no reclamen esto a la Seguridad Social

Un sector específico de la población jubilada en España se enfrenta a la posibilidad de perder una suma significativa de dinero al que tienen derecho legalmente, debido a la inacción de la Seguridad Social. Se trata de aquellos hombres que se jubilaron en un periodo determinado y que, potencialmente, podrían ser beneficiarios del complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones. La peculiaridad radica en que la Administración Pública no está actuando de oficio para identificar y compensar a estos jubilados, lo que implica que, si no presentan una reclamación formal, perderán la oportunidad de recibir este suplemento económico. Por lo tanto, es crucial que aquellos que reciben una pensión contributiva revisen su situación y, si cumplen con los requisitos, tomen las medidas necesarias para reclamar a la Seguridad Social el dinero que les corresponde.
Compensar a las trabajadoras
El contexto de esta situación se remonta a la creación del complemento para la reducción de la brecha de género en 2016. El objetivo inicial de esta medida era compensar a las mujeres trabajadoras que, al acceder a la condición de pensionistas, se veían afectadas por haber dedicado una parte significativa de su vida laboral al cuidado del hogar y la crianza de los hijos, lo que a menudo resultaba en menores cotizaciones y, por ende, pensiones más bajas. Sin embargo, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), emitida el 12 de diciembre de 2019, determinó que la ley, tal como estaba redactada, era discriminatoria hacia los hombres.
Como consecuencia de la sentencia del TJUE, la Seguridad Social comenzó a reconocer este derecho de forma automática a los hombres que cumplieran con ciertos requisitos, a partir de febrero de 2021, de manera similar a como ya se hacía con las mujeres. Este reconocimiento se traduce en un incremento mensual en la pensión, consistente en 35,90 euros por hijo, con un límite de cuatro hijos, lo que equivale a un máximo de 143,60 euros adicionales al mes. Esta cantidad puede representar un alivio significativo para las finanzas de muchos jubilados.
El problema surge para aquellos hombres que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. La Seguridad Social no ha reconocido de oficio el derecho a este complemento a estos jubilados. Esto significa que, si no presentan una reclamación explícita a la Seguridad Social, perderán el dinero al que legítimamente tienen derecho. Es importante destacar que no todos los hombres que se jubilaron en ese período son elegibles para recibir este complemento. Para ser beneficiario, es necesario cumplir con una serie de requisitos específicos, que buscan identificar aquellos casos en los que la carrera profesional del hombre se vio afectada por el cuidado de los hijos.
Para que un hombre jubilado pueda acceder al complemento para la reducción de la brecha de género, debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos, según informa la plataforma web de la Seguridad Social:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a cobrar una pensión de orfandad. En este caso, se presume que el cuidado de los hijos afectó la trayectoria laboral del progenitor fallecido.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994: Tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer. Este requisito busca identificar aquellos casos en los que el hombre se tomó un período de tiempo significativo fuera del mercado laboral para dedicarse al cuidado de los hijos.
- Hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995: La suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer. Este requisito busca identificar aquellos casos en los que el hombre experimentó una reducción significativa en sus ingresos como consecuencia del cuidado de los hijos.
En resumen, si un hombre se jubiló entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y cumple con alguno de los requisitos mencionados, es altamente recomendable que se ponga en contacto con una oficina de la Seguridad Social para presentar una reclamación formal. En caso de que la solicitud sea denegada y el solicitante considere que tiene derecho al complemento, es aconsejable buscar asesoramiento legal para salvaguardar sus derechos. La falta de información y la inacción de la Seguridad Social están privando a muchos jubilados de un derecho legítimo, por lo que es fundamental que tomen las riendas de la situación y reclamen lo que les corresponde. La diferencia entre reclamar y no hacerlo puede suponer la pérdida de una suma considerable de dinero a lo largo de los años de jubilación.
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