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Caos judicial por el cobro del equipaje de mano en los aviones

Caos judicial por el cobro del equipaje de mano en los aviones
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  • Publishedmayo 17, 2025



Todo indica que la guerra mantenida por las aerolíneas de «bajo costo» y el Ministerio de Consumo a causa del equipaje manual no se resolverán en los tribunales, ya que los jueces españoles no están sentados una jurisprudencia clara sobre si las compañías son obligado a aceptar esas maletas en la cabina sin costos adicionales o no. Como ABC ha podido verificar con la lectura de algunas oraciones, A veces los jueces fallan a favor del pasajero y obligan a la aerolínea a devolver el dinero y otros hacen lo contrario Y estiman que estos tienen derecho a arreglar libremente sus tarifas. En resumen, es una situación de inseguridad legal con potencial para afectar a millones de pasajeros, aunque es cierto que hay pocos que tomen la incomodidad de denunciar.

El problema no es nuevo, pero se convirtió en medios en noviembre de 2024, cuando el consumo presentó una multa de 179 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet, Norgewian y Volotea Reteates ‘Extras’ para el equipaje en la cabina, entre otras prácticas que el departamento dirige por Pablo Busquinduy, de la parte de la parte de la parte del gobierno, considerado «abusivo». Inmediatamente, las aerolíneas mencionaron la Regulación 1008/2008 de la UE, lo que les da libertad de fijación de precios, y afectó al gobierno que continuó utilizando como referencia de la referencia. Ley de navegación aérea de 1960Eso, este sí, obliga a las empresas a transportar a los pasajeros y su equipaje «por el precio que aparece en el boleto».

El documento legal al que las partes recurren más en los litigios, anolinea, por un lado y organizaciones de consumo, por otro. Un fallo de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En ese texto, que respondió a un fallo preliminar emitido por un tribunal en Ourense y que realmente tenía la intención de resolver solo si las empresas están obligadas a las maletas de facturas sin costos adicionales, el TJUE tjue dictaminó que la legislación europea: Reglamento 1008/2008, «se opone» a cualquier ley de los Estados miembros que fueran fuerzas para transportar el ocupante por el precio que aparece en el boleto. Las compañías interpretaron la oración a su favor y entendieron que anuló la ley española de 1960, pero la verdad es que no es tan simple.

En el equipaje facturado, el Tribunal Europeo tuvo claro al establecer que las empresas pueden exigir un suplemento debido a los costos adicionales incurridos al transportarlo. En cuanto al equipaje que no se facturó, por otro lado, el tjue resolvió que esto «Un elemento indispensable» y que, por lo tanto, «no puede estar sujeto a un suplemento de precios». Sin embargo, los editores de la oración agregaron este matiz: «Mientras dicho equipaje responda a las demandas razonables relacionadas con su peso y dimensiones». Pero, ¿qué es una dimensión «razonable»?

El texto es confuso, y para la muestra, valen dos ejemplos. Hace solo quince días, un juez de Salamanca obligó a Ryanair a regresar a un pasajero, el recargo que había cobrado por escalar a cinco vuelos diferentes con una maleta que «se ajusta perfectamente a los compartimentos de la cabina», según los afectados. Por su parte, el Ministerio de Consumidor ha compartido con este periódico hasta seis oraciones de este tipo emitidas en el último año. Pero, el problema es que también están en la dirección opuesta, y desde la Asociación de Aerolíneas (ala) afirman tener docenas de fallas a su favor. En diciembre de 2023, por ejemplo, un tribunal de Coruña estableció que, aunque tienen que permitir que un embrión mínimo de globo, corresponde a las aerolíneas para decidir las dimensiones y los máximos pesos del equipaje manual que se puede transportar en su aeronave, en función de «Demandas razonables»Leer en el texto. En el caso de Ryanair, por «razonable» entienden una maleta de 40x25x20 cm.

En conversación con ABC, el presidente de ALA, Javier Gándara, Insiste en la necesidad de que la Comisión Europea resuelva la niebla y lo haga con respecto al Reglamento 1008/2008 y la sentencia de 2014 del TJUE, que establece claramente que las empresas son libres de establecer precios. «Más de cincuenta millones de pasajeros en España vuelan cada año sin equipajey gracias a esto se benefician de los precios más bajos ”, dice Gándara. En la parte inferior del asunto hay un cambio cultural, y una ley de 1960 que las aerolíneas consideran anticuadas, porque el vuelo ya no es un lujo al alcance de pocos. En 2024, los aeropuertos españoles recibieron 309 millones de pasajeros.



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