retribuciones y jubilación, las grandes ausentes
En medio de las huelgas médicas, previstas hasta el 12 de diciembre, Mónica García, ministra de Sanidad, ha contraatacado publicando el último borrador del Estatuto Marco en el que estuvo trabajando con el resto de los gremios de la salud en el Área de Negociación.
Como era de esperar, y como ha repetido el departamento en numerosas ocasiones, el texto no incluye la regulación de las jubilaciones anticipadas o parciales ni de las cuestiones retributivas.
Esta norma no puede asumir esto porque invadiría competencias de otros Ministerios y leyes como los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
Respecto a las jubilaciones parciales, inicialmente Salud se comprometió a tramitar un proyecto de ley que el Gobierno debería enviar al Congreso en el plazo máximo de un año después de la entrada en vigor del nuevo Estatuto Marco.
Ahora bien, no hay rastro de esta disposición en el nuevo borrador.
Simplemente, el texto especifica que la jubilación parcial se aplicará al personal estatutario siguiendo la normativa básica de los empleados públicos y se adaptará a dicho personal mediante estándares de desarrollo en la medida en que las particularidades de este grupo lo hagan necesario.
En cuanto a la jubilación anticipada, El borrador subraya que es competencia exclusiva de la Seguridad Social.
Retribuciones
Por otro lado, en cuanto a las retribuciones básicas y trienios del nuevo modelo de clasificación profesional, la norma indica que se incluirán en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE).
Sin embargo, el borrador indica que cada servicio de salud será responsable de determinartras negociación en la mesa sectorial, la incorporación de otros complementos a las pagas extraordinarias.
En cuanto a la organización de los recursos humanos, la norma deja libertad a cada comunidad para gestionar su fuerza laboral de manera adecuada.
«Cada servicio sanitario llevará a cabo sus planes de gestión de recursos humanos que incluyan las medidas necesarias para garantizar la cobertura de las necesidades profesionales, la realización de ofertas públicas de empleo y la evaluación de las necesidades de vacantes», señala el texto.
Sin embargo, cabe destacar que el último borrador contemplado por el departamento incluye mejoras como, por ejemplo, en la reducción del horario de guardia (de 24 a 17 horas). Además, no se trabajarán ni se adeudarán los días de descanso obligatorio previos a un turno o después de las 5 de la tarde.
También se incorporan OPES (ofertas públicas de empleo) obligatorias cada dos años, la cifra está regulada del personal investigador estatutario y también la reducción del día como máximo hasta 45 horas.
«La duración máxima conjunta de la jornada laboral que incluye la jornada ordinaria, la jornada de guardia y las modalidades asistenciales que se realicen según lo previsto será de 45 horas de trabajo efectivo semanal en promedio en un cómputo trimestral, salvo que mediante acuerdo, pacto o convenio colectivo se establezca otro cómputo», detalla el texto.
el personal Tendrás derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 12 horas entre el final de un día y el inicio del siguiente.
Sin embargo, este texto no está cerrado debido a diversos desacuerdos con los gremios de la salud.
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