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hoy acaba el plazo y estas son las multas por no presentarla

hoy acaba el plazo y estas son las multas por no presentarla
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  • Publishedjunio 30, 2025




Broking a fines de junio y con la primera semana de verano ya terminada, para muchos La campaña El estado de resultados ya se ha dejado atrás.

Sin embargo, la agencia fiscal tiene un período de presentación que cubre aproximadamente tres meses, tiempo que permite a todos los contribuyentes Cumplir sus obligaciones fiscales correspondiente al ejercicio de 2024.

Específicamente, Las finanzas comenzaron la campaña el 2 de abril Para la presentación en línea, el 6 de mayo para aquellos que solicitan que la agencia fiscal haga la declaración por teléfono y el 2 de junio para aquellos que preferían hacer su declaración en persona en las oficinas destinadas a ella.

Para aquellos que desean hacer Gestión telefónica o cara -caraSe requirió que Interntet estuviera acordado previamente o llamado a uno de los números de teléfono proporcionados por la agencia fiscal, aunque no queda tiempo para ello.

Pero el tiempo termina y, si aún no ha pagado sus cuentas con el Tesoro, debe darse prisa, hoy, hoy, hoy, El lunes 30 de junio es el último día para presentar el estado de resultados. No hacerlo dentro del período indicado, puede enfrentar varios consecuencias. Los explicamos a continuación.

¿Qué sucede si presento el estado de resultados fuera de la fecha límite?

No presentar el impuesto sobre la renta personal dentro del período establecido por la agencia fiscal puede conducir a sanciones que varían según varios factores:

– Si la declaración va a pagar:

· Sin requisitos de granja previos: si presenta la declaración fuera de la fecha límite, pero antes de que el Tesoro lo reclame, se aplica Un recargo del 1% más otro 1% adicional para cada mes completo de retraso. Si retrasa más de 12 meses, el recargo se convierte en 15% fijo más los intereses de retraso que se generan a partir de ese año.

· Con el requisito del Tesoro: si es el Tesoro quien detecta que no ha pagado y requiere que presente el alquiler, La multa puede variar entre el 50% y el 150% de la deuda pendiente totaldependiendo de la gravedad y si hay reincidencia. Estas sanciones podrían reducirse si se acepta la sanción o si se paga en el período voluntario indicado.

– Si la declaración se remonta a cero:

· Sin requisitos previos: si el propio contribuyente se da cuenta de la situación y la envía tan pronto como se da cuenta, la sanción es de 100 euros.

· Con el requisito del Tesoro: si es la agencia fiscal la que detecta la falla y la notifica, la multa equivale a 200 euros.

Debe agregarse que la agencia fiscal ha un período de cuatro años para reclamar montos pendientes por declaraciones no presentadas o presentadas fuera de tiempo.




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